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Pliego

02PLIE~1.PDF

“Contratación servicio de alquiler de equipos de impresión, soporte técnico y mantenimiento de los equipos de energía no interrumpida (UPS) de esta institución y sus dependencias.” · Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo

Publicado el 28 may de 202638 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CAASD-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

El pliego de la licitación pública nacional CAASD-CCC-LPN-2026-0001, dirigida a MIPYMES, fija un presupuesto estimado de RD$7,500,000 para el alquiler de equipos de impresión y el soporte y mantenimiento de UPS. Prevé un anticipo del 30%, pagos mensuales y una vigencia contractual hasta el 18 de septiembre de 2027. Contiene cláusulas y requisitos que ameritan revisión, entre ellos el plazo de pago de hasta 90 días, fechas financieras contradictorias y condiciones para consorcios.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

Antigüedad mínima del personal contratado por el oferente

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

Se exige que el personal propuesto haya trabajado para la empresa por un mínimo de seis meses antes de la convocatoria, acreditado mediante certificación de la TSS. La condición puede excluir a oferentes que dispongan de personal técnicamente apto pero incorporado más recientemente, por lo que conviene verificar su proporcionalidad con el objeto.

“Este personal debe haber laborado en la empresa por un periodo mínimo de seis (6) meses, contados desde de la fecha de la convocatoria del presente procedimiento de selección. (Mostrar evidencias de que dicho personal laboral para la empres”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego condiciona el perfeccionamiento del contrato a su publicación

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El texto afirma que el contrato se perfecciona con la publicación y, para ciertas instituciones, con el registro ante la Contraloría. La Ley 47-25 establece que los contratos se perfeccionan con su formalización; la cláusula podría generar incertidumbre sobre el momento en que nacen las obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de la CORPORACIÓN DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMINGO (CAASD), en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su susc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

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A revisarHallazgo en documentos

El plazo de pago previsto excede el máximo legal

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El pliego prevé hasta 90 días para pagar tras la presentación de las facturas. La Ley 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago contractual y se presenta el requerimiento, por lo que la cláusula puede afectar el flujo de caja de los oferentes.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de noventa (90) días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

El cronograma prevé la firma después del plazo legal máximo

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El pliego fija la adjudicación para el 28 de agosto de 2026 y la suscripción del contrato para el 18 de septiembre de 2026. Ese intervalo supera los diez días hábiles máximos desde la notificación de la adjudicación previstos por la Ley 47-25.

“Adjudicación 28 de agosto del 2026 ... Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o del bien 18 de septiembre del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija períodos fiscales contradictorios para la evaluación financiera

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

La lista de documentos financieros solicita declaraciones de 2024 y 2025, mientras que la tabla de evaluación financiera indica IR-2 de 2023 y 2024. La discrepancia deja incierto qué períodos deben acreditar los oferentes y podría producir evaluaciones distintas.

“Copia de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades y Personas Físicas presentadas ante la Dirección General de Impuestos Internos (Formularios IR-1 e IR-2), con todos los anexos correspondientes, correspond”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Restricción financiera adicional para los consorcios

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

Para evaluar la capacidad financiera de un consorcio, el pliego toma los estados financieros de la empresa líder y exige que esta tenga al menos 50% de participación. El Reglamento permite acreditar solvencia e idoneidad mediante la suma de las credenciales de los miembros; la condición del pliego puede limitar esa posibilidad y la participación en consorcio.

“Si el Oferente/Proponente es un consorcio acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera: se considerarán los estados financieros de la empresa líder del consorcio, la cual deberá tener una participación mínima de”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 61 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 61 — Reglas de participación en consorcio

Artículo 61.- Reglas de participación en consorcio. Las personas físicas o jurídicas que deseen participar en un procedimiento de contratación bajo la modalidad de consorcio, según lo establece el numeral 2) del artículo 35 de la Ley núm. 47-25, deben cumplir con las siguientes condiciones: 1. Las personas que conformen el consorcio deben estar inscritas, cada una, en el Registro de Proveedor del Estado. 2. Los consorcios deben acreditar ante la institución contratante el acuerdo o convenio por el cual se formalizan, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes para la preparación y presentación de ofertas y la ejecución contractual, la capacidad de ejercicio de cada miembro, así…

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A revisarHallazgo en documentos

Rescisión y ejecución de garantía con plazos predeterminados

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El pliego asocia la ejecución de garantías a cinco días hábiles de retraso y la rescisión unilateral a diez, sin vincular esta última al supuesto legal de que las penalidades por demora alcancen el 20% del precio. La diferencia merece revisión frente a las reglas legales sobre penalidades y rescisión.

“2) Ejecución de las garantías. Por cinco (05) días hábiles de retraso por razones imputadas al proveedor, no consideradas de fuerza mayor. 3) Rescisión unilateral sin responsabilidad para la entidad contratante. Por diez (10) días hábiles d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora

Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…

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ContextoHallazgo en documentos

Se agrupan servicios de impresión y de mantenimiento de UPS en un lote

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El pliego presenta como ítems separados el alquiler de equipos de impresión y el soporte y mantenimiento de UPS, pero establece la adjudicación por el monto total del único lote. Al ser prestaciones diferenciables, conviene revisar si la contratación conjunta permite competir a proveedores especializados en cada servicio.

“1 Contratación de equipos de impresión para las oficinas administrativas, operaciones y comerciales. ... 2 Contratación servicio para soporte y mantenimiento a los equipos de energía no interrumpida.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación

Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.

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Otros documentos del proceso (23)

  • ACTODE~1.PDFPliego · 28 may de 2026 · 1 señal
  • FICHAT~1.PDFPliego · 28 may de 2026 · 3 señales
  • SOLICI~1.PDFSolicitud de compra · 28 may de 2026 · 1 señal
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 28 may de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 28 may de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 28 may de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 28 may de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 28 may de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 1 jun de 2026
  • CAPTUR~1.PNGDocumento · 1 jun de 2026
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