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Abriendo la ficha…

Pliego

ADN-MAE-PEEN-2026-0010-Pliego Servicio Transporte Pliego de Condiciones.pdf

SERVICIOS TRANSPORTE A SER UTILIZADOS POR LAS BRIGADAS DEL ADN PARA EL TRASLADO DE PERSONAL (SEGUNDA CONVOCATORIA) · Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN)

Publicado el 28 may de 2026Fechado el 26 may de 202628 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ADN-MAE-PEEN-2026-0010

Lo que dice

El pliego, fechado el 27 de mayo de 2026, convoca un procedimiento competitivo de emergencia para contratar transporte en dos lotes, con un camión y una camioneta, y establece adjudicación por lote al menor precio entre las ofertas habilitadas. Consigna un presupuesto numérico de RD$6,759,200 y una prestación diaria durante 24 meses, con disponibilidad mensual de entre 154 y 240 horas. Incluye requisitos técnicos, financieros y de participación, además de condiciones de pago y garantías que merecen revisión por posibles contradicciones con el marco aplicable.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

El anticipo a MIPYMES queda condicionado y diferido

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

Aunque la ley establece el anticipo del 30% con la suscripción del contrato y sin necesidad de factura, el pliego prevé hasta 30 días para pagarlo y exige factura además de la garantía. Esto puede reducir el efecto de liquidez que la regla procura para las MIPYMES.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) a los oferentes certificados como MIPYME, ascendente a un 30% del monto total adjudicado. Se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días a partir de la firma del Contrato y contra ” (pág. 19)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Se condiciona la devolución de la garantía a una garantía de vicios ocultos

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

El pliego vincula la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de un contrato de servicios de transporte a la presentación de una garantía de vicios ocultos. El Reglamento 52-26 dispone que la garantía contra vicios ocultos aplica a contratos de obras; la condición podría mantener retenida la garantía sin que el pliego defina esa cobertura para este servicio.

“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución contratant” (pág. 18)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos

Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 162 — Garantías

Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

El plazo de pago previsto supera el máximo legal

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

El pliego establece pagos en un plazo de hasta 45 días desde la factura; la Ley 47-25 fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. La diferencia puede afectar el flujo financiero de los proveedores.

“El ADN procederá a realizar pagos mensuales, a partir de la entrega de los bienes adjudicados. Este pago se hará en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita la factura de los bienes entr” (pág. 20)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Se excluye a empresas por compartir accionistas

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que compartan uno o más accionistas, incluso si son personas jurídicas distintas. La prohibición legal de multiplicidad se refiere a la participación de una misma persona en el procedimiento; esta regla adicional puede limitar la competencia entre entidades separadas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 25)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$6.8 millones

El presupuesto expresado en letras no coincide con la cifra

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

El apartado de presupuesto denomina el monto «diez millones», pero consigna numéricamente RD$6,759,200. La cifra numérica podría ser la referencia prevista, pero la discordancia debe aclararse para evitar interpretaciones distintas; el presupuesto numérico coincide con el monto enmendado reseñado en otros documentos.

“El presupuesto estimado para esta contratación asciende a diez millones de pesos dominicanos (RD$6,759,200.00), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de los bienes y servicios a adquirir” (pág. 5)

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

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ContextoHallazgo en documentos

Inconsistencia en la descripción de las etapas de evaluación

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

Una sección describe una «Etapa única» que incluye la apertura y evaluación de las ofertas económicas, pero otras partes del mismo pliego indican que estas se abren después de la evaluación técnica. La contradicción merece aclaración por su relación con la secuencia y confidencialidad de las ofertas económicas.

“Etapa única Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas, y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y La apertura y evaluación de las ofertas económicas.” (pág. 14)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas

Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

ContextoHallazgo en documentos

Documentación financiera exigida sin umbrales de evaluación definidos

Documento del 28 may 2026 · hace 5 meses

El pliego pide declaraciones tributarias, estados financieros auditados y referencias bancarias y comerciales, pero no establece indicadores o valores mínimos para determinar la capacidad financiera. Para un servicio de dos vehículos, debe revisarse si la carga documental es proporcional y si el criterio cumple/no cumple permite una evaluación objetiva.

“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. En tal sentido, el Oferente/Proponente debe acreditar su capacidad financi” (pág. 12)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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