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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

ADJUDICACION_0001.pdf

ADQUISICION DE CAMIONES Y CAJAS ESTACIONARIAS PARA SER UTILIZADOS EN LA RECOLECCION DE DESECHOS SOLIDOS EN EL MUNICIPIO DE LA VEGA · Ayuntamiento Municipal Concepción de la Vega

Publicado el 28 may de 2026Fechado el 18 may de 20266 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1969014»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO LA VEGA-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

El acta, fechada el 19 de mayo de 2026, adjudica los cinco lotes del proceso a MTE Grupo, SRL y Meco Roger Dominicana, S.R.L. por un total de RD$33,838,000.00, frente al estimado de RD$33,984,000.00. MTE recibe los lotes 1 y 3, y Meco los lotes 2, 4 y 5; el acta consigna que ambas ofertas cumplieron la evaluación financiera. La distribución contradice la regla del pliego indicada en el expediente de adjudicar solo un lote por oferente.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

GraveHallazgo en documentosRD$13.3 millones

La adjudicación excede el límite de un lote por oferente

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El pliego del proceso establece adjudicar solo un lote por oferente, pero el acta adjudica los lotes 1 y 3 a MTE y los lotes 2, 4 y 5 a Meco. La decisión distribuye tres y dos lotes, respectivamente, en contradicción con esa regla publicada y afecta directamente el resultado de la adjudicación.

“LOTE (1), en este lote la oferta más conveniente fue presentada por el oferente MTE GROUP, SRL por un monto de OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS CON 00/100 (RD$ 8,900,000.00). … LOTE (3), en este lote la oferta más conveniente fue present”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 22 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública

Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentosRD$20.5 millones

Los registros del portal no reflejan toda la adjudicación

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

El acta adjudica tres lotes a Meco por RD$20,538,000, pero los datos del portal aportados registran ofertas de ambas empresas en RD$0 y pendientes, y solo dos contratos activos de MTE por RD$13,300,000. La diferencia amerita verificar la actualización y trazabilidad de las ofertas y de los contratos de Meco; el portal podría estar atrasado o incompleto.

“LOTE (2), en este lote la oferta más conveniente fue presentada por el oferente MECO ROGER DOMINICANA S.R.L por un monto de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS CON 00/100 (RD$ 9,800,000.00). … LOTE (5), en este lote la oferta más convenien”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 182 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…

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Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema

Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…

A revisarHallazgo en documentos

Cada lote registra un solo oferente en la tabla de ofertas

Documento del 28 may 2026 · hace 4 meses

La tabla económica consigna un único oferente para cada uno de los cinco lotes, aunque hubo dos empresas participantes en el proceso. Esto deja cada lote sin competencia entre ofertas y amerita revisar la concurrencia y la razonabilidad de los precios por lote; el documento no permite concluir por sí solo por qué no hubo más propuestas en cada uno.

“1 | MTE GROUP, SRL | RD$ 8,900,000.00 2 | RD$ 9,800,000.00 3 | MTE GROUP, SRL | RD$ 4,400,000.00 4 | RD$ 6,962,000.00 5 | RD$ 3,776,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

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Oferentes que registra (2)

2 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
MTE Grupo, SRLEl acta lo identifica como oferente de la propuesta más conveniente; la evaluación financiera figura como CUMPLE.AdjudicadoLotes 1 y 3RD$13,300,000
Meco Roger Dominicana, S.R.L.El acta lo identifica como oferente de la propuesta más conveniente; la evaluación financiera figura como CUMPLE.AdjudicadoLotes 2, 4 y 5RD$20,538,000

Otros documentos del proceso (32)

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  • declaracion-sencilla-persona-juridica (2) (1).docxDocumento · 12 mar de 2026
  • declaracion-sencilla-personas-naturales (2) (1) (1).docxDocumento · 12 mar de 2026
  • Formulario de presentacion oferta F.033 (5) (1) (2).docxDocumento · 12 mar de 2026
  • MODELO DE CONTRATO ACTUALIZADO A REGLAMENTO 47-25 Y LEY NO. 52-26.docxContrato · 12 mar de 2026
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente (5).docxDocumento · 12 mar de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (6) (1).docxDocumento · 12 mar de 2026
  • ACTA DE INICIO_0001.pdfInforme pericial · 12 mar de 2026 · 2 señales
  • CONVOCATORIA_0001.pdfDocumento · 12 mar de 2026
  • DICTAMEN_0001.pdfPliego · 12 mar de 2026
  • FICHA TECNICA_0001.pdfPliego · 12 mar de 2026 · 1 señal

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información

Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…

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