Verificar la conexión entre la autorización y el decreto específico de emergencia
· hace 4 meses
La autorización del 13 de abril encomienda los procedimientos derivados del Decreto 234-26, cuyo texto declara una situación regional, pero no especifica duración, instituciones liberadas de procedimientos ordinarios ni objetos de contratación. El portal identifica este proceso como conforme al Decreto 239-26 y otros documentos del expediente también lo mencionan; por ello, conviene verificar cómo se articulan ambos decretos y la autorización, sin que este documento permita concluir que falte el decreto específico.
“se instruye a este Comité de Compras y Contrataciones Públicas para llevar a cabo la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de excepción por emergencia nacional, derivados de la declaratoria contenida en el Decreto núm. 234”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
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