Análisis de audiencia invocado sin evidencia en el informe
· hace 4 meses
El informe afirma que la selección se basa en un análisis de audiencia, cobertura y rating, pero no presenta datos, resultados ni evidencia que permita verificarlo. El Reglamento exige que la justificación técnica incluya las pruebas o evidencias en que se sustenta; el respaldo podría estar en otro documento del expediente, por lo que corresponde comprobarlo.
“La selección de los medios de comunicación se fundamenta en un riguroso análisis de audiencia, cobertura, rating, perfil del medio y su posicionamiento dentro del ecosistema comunicacional del país.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →