El pliego de la licitación IDAC-CCC-LPN-2026-0012 convoca, desde el 27 de mayo de 2026, el suministro de combustibles por un valor referencial de RD$30,000,000. Lo divide en tres lotes: RD$20,000,000 para gasolina, RD$7,000,000 para gasoil con tarjetas y RD$3,000,000 para gasoil a granel; fija el cierre de ofertas para el 10 de julio y la adjudicación para el 31 de agosto de 2026. Establece requisitos de cobertura de estaciones, capacidad logística y evaluación técnica y económica, así como condiciones de pago y ejecución contractual.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego prevé desembolsar el anticipo obligatorio de 30 % dentro de los veinte días hábiles posteriores a la suscripción y al cumplimiento de formalidades. La ley dispone el anticipo con la suscripción del contrato; verificar que el plazo previsto no retrase ese derecho para un adjudicatario MIPYME.
“Contratante deberá otorgar un anticipo equivalente al treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, cl cual será desembolsado dentro de un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir de la suscripción del Contrato y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Para los lotes I y II, el pliego asigna puntos según la proximidad y cantidad de estaciones en ubicaciones y trayectos concretos. La cobertura puede responder a necesidades operativas, pero su peso y especificidad podrían restringir la participación a operadores con redes ya desplegadas; conviene verificar su justificación técnica y proporcionalidad respecto del objeto.
“Que cuente con tres (3) estaciones con una proximidad de 5 kms o menos de la Sede Principal, Av. México, Esq. 30 do Marzo, Santo Domingo y Aeropuerto Joaquín Balagucr y que tenga diez (10) Estaciones en el Gran Santo Domingo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego da tres días hábiles para responder a indicios detectados en la debida diligencia y prevé descalificación si el oferente no responde. El Reglamento 52-26 establece cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; revisar la compatibilidad del plazo y del efecto automático previsto.
“El Oferente dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la referida notificación, para presentar sus descargos y evidencias por escrito. El Oferente que no se pronuncie conforme las referidas indicaciones, quedará d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…
El pliego exige al menos tres referencias de entidades que hayan recibido combustible del oferente por un monto similar o aproximado, respaldadas con órdenes o contratos. La exigencia podría excluir proveedores técnicamente capaces sin tres antecedentes comparables; revisar su proporcionalidad para una contratación dividida en lotes de RD$20,000,000, RD$7,000,000 y RD$3,000,000.
“Copia fotostática de cartas de referencias de, como mínimo, tres (3) entidades públicas o privadas que hayan recibido conforme, por parte del Oferente, el suministro de los combustibles descritos en el presente procedimiento, por un monto s”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego configura la compra en tres lotes y el acta posterior disponible registra resultados por los lotes I, II y III, mientras que la ficha del portal indica que el proceso no es por lotes. La discrepancia puede deberse a un registro incompleto o desactualizado; verificar la consistencia de la información pública del proceso.
“La presente contratación será adjudicada por Lotes independientes, sin perjuicio de la posibilidad de adjudicar ambos Lotes a un mismo Oferente, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 179 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
United Petroleum Grupo Haina, SRLEl acta disponible no la incluye entre las empresas habilitadas para la apertura del Sobre B; no especifica el motivo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona