El documento, fechado el 13 de mayo de 2026, recomienda acoger observaciones del Órgano Rector y enmendar el pliego de la licitación MEM-CCC-LPN-2026-0011 en los puntos relativos a la memoria USB, la gestión de ofertas electrónicas y la subsanación de documentos económicos. Entre los cambios propuestos, aclara que la ausencia de USB no afecta la oferta física y limita la no subsanabilidad a aspectos económicos esenciales cuya modificación pueda alterar el monto o el contenido sustancial de la propuesta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la exclusión automática por defectos formales en la oferta económica o la planilla de presupuesto, controles de integridad y comprobación de sus componentes; mantiene la restricción para cambios económicos esenciales..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Pliego, pág. 17, núm. 9Memoria USB para la oferta técnica
Se contempla una memoria USB opcional con copia digital de la oferta técnica, sin precisar que su ausencia no afecte la oferta.
La USB sigue siendo opcional; su ausencia no será causal de inadmisión, descalificación ni afectación de la oferta física.
Relaja
Pliego, pág. 18, núm. 9.1Presentación y gestión de ofertas electrónicas
Se indica que las ofertas deberán publicarse también en la página de inicio o menú principal del Portal Transaccional y del portal institucional.
La carga, recepción, apertura y custodia de las ofertas electrónicas se realizará exclusivamente mediante el SECP.
Aclara
Pliego, pág. 25, núm. 1Documentación no subsanable de la oferta económica
Se enumeran como no subsanables la oferta económica y la planilla de presupuesto, si aplica.
La no subsanabilidad se limita a elementos económicos esenciales que puedan alterar el monto, la igualdad entre oferentes o el contenido sustancial; otros aspectos que no modifiquen la oferta pueden aclararse.
RelajaQuita un control: Debilita la exclusión automática por defectos formales en la oferta económica o la planilla de presupuesto, controles de integridad y comprobación de sus componentes; mantiene la restricción para cambios económicos esenciales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona