El Acta núm. 02/CCC-CP-2026-0002, de 2026-05-25, adjudica por ítem RD$864,898.48 a Wendy's Muebles, RD$589,429.59 a OMX Multiservicios y RD$2,696,368.04 a Flow, para un total de RD$4,150,696.11. Declara desiertos los ítems 5, 6, 9, 10, 19, 20 y 33. En los cuadros de adjudicación aparecen, al menos en los ítems 3 y 32, adjudicaciones a precios mayores que los ofertados por otro participante, pese a que el pliego establece adjudicar al menor precio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El ítem 3 se adjudica a Wendy's por un precio unitario final de RD$8,510.16, mientras OMX ofertó RD$5,930.00 para la misma cantidad y artículo. El acta declara conformes las ofertas de las empresas adjudicatarias y el criterio consignado es el menor precio; no se explica en el acta por qué se aparta de esa comparación.
“"3 | ARCHIVO DE 3 GAVETAS, PARA ESCRITORIOS | UD | 73 | 7,212.00 | 1,298.16 | 8,510.16 | 526,476.00" … "3 | ARCHIVO DE 3 GAVETAS, PARA ESCRITORIOS | UD | 73 | 5,025.42 | 904.58 | 5,930.00 | 366,855.66" … "en el presente proceso será adjudic”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Para el ítem 32, el acta registra un precio unitario final de RD$8,383.61 de Flow y RD$7,500.00 de OMX, pero adjudica ese ítem a Flow. El acta afirma que las ofertas acogidas cumplen los criterios y cita el menor precio como criterio de adjudicación, sin explicar esta diferencia.
“"32 | SILLONES EJECUTIVOS ERGONÓMICOS, COLOR NEGRO CON BRAZOS Y CABEZAL | UD | 20 | 7,104.75 | 1,278.86 | 8,383.61 | 142,095.00" … "32 | SILLONES EJECUTIVOS ERGONÓMICOS, COLOR NEGRO CON BRAZOS Y CABEZAL | UD | 20 | 6,355.93 | 1,144.07 | 7,5”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El portal registra como aprobada una oferta de IMPROFICINAS por RD$1,800,411, mientras el acta identifica solamente a Wendy's, OMX y Flow como participantes evaluados y no menciona a IMPROFICINAS. Conviene conciliar ambos registros; el estado del portal podría estar desactualizado o referirse a una etapa distinta.
“"VISTO: Los informes de evaluación Técnico, Legal y Financiero, realizado por los peritos asignados al proceso, a las empresas participantes 1. Wendy's Muebles, S.R.L.; 2. OMX Multiservicios, S.R.L. y 3. Flow, S.R.L."”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 126 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
El acta autoriza contratar a OMX por RD$589,429.59, pero el listado de contratos aportado del portal registra contratos para Flow y Wendy's y no incluye uno para OMX. Puede tratarse de un registro pendiente; conviene verificar su formalización y publicación para mantener la trazabilidad de la ejecución.
“"TERCERO: Autorizar la contratación de la empresa OMX Multiservicios, SRL., con RNC No. y Número de Proveedor del Estado (RPE) 103462, por un monto total de: Quinientos ochenta y nueve mil, cuatrocientos veintinueve pesos dominicanos con 59”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 182 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema
Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Oferentes que registra (4)
3 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Wendy's Muebles, SRLAdjudicada por los ítems 1, 2, 3, 26 y 27; el acta indica que cumple los criterios del proceso.
Adjudicado
—
RD$864,898
OMX Multiservicios, SRLAdjudicada por los ítems 4, 28, 32, 34, 35 y 36; el acta indica que cumple los criterios del proceso.
Adjudicado
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RD$589,430
Flow, SRLAdjudicada por los ítems 7, 8, 11–18, 21–25 y 29–31; el acta indica que cumple los criterios del proceso.
Adjudicado
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RD$2,696,368
Importadora de Productos para oficinas, SAS (IMPROFICINAS)El portal registra una oferta de RD$1,800,411 como aprobada, pero el acta no la incluye entre los tres participantes cuyos informes y propuestas económicas dice haber examinado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona