El documento base establece las condiciones para adquirir 8,560 tickets de gasolina en dos ítems: 4,240 de RD$1,000 y 4,320 de RD$500, con presupuesto referencial total de RD$6,400,000. La convocatoria está prevista desde el 26 de mayo de 2026 y la recepción de ofertas cierra el 3 de junio de 2026; fija entregas por solicitud en un máximo de cinco días calendario. El pliego define evaluación cumple/no cumple y adjudicación por menor precio considerando el descuento porcentual.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego concede tres días hábiles al oferente para responder a indicios y evitar su descalificación. El Reglamento 52-26 fija cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; la diferencia puede afectar la posibilidad efectiva de defensa.
“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…
Para los adjudicatarios que no sean MIPYME, el pliego prevé pagos hasta 60 días después de remitir las facturas. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento.
“Para los adjudicatarios que no son MIPYME, (no aplica pago del 30% de avance), los pagos se realizaran posterior a la entrega de los servicios contratados, en un período no mayor de sesenta días (60) contados a partir de que el proveedor re”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego dispone adjudicar un ítem por oferente, iniciando por el ítem 1, aunque también establece que cada ítem se adjudica a quien oferte el menor precio. Si un mismo oferente presenta el menor precio en ambos ítems, la regla de reparto podría impedir adjudicarle el segundo, sin que el texto precise cómo prevalecen ambos criterios.
“La adjudicación por Item será decidida a favor del oferente que haya cumplido con el pliego de condiciones y haya ofertado el menor precio, teniendo en cuenta el descuento en porcentaje. ... A los fines de garantizar mayor oportunidad a los”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El pliego exige certificaciones que indiquen que el oferente está al día en sus obligaciones fiscales y de seguridad social, sin reflejar la excepción legal que permite participar a las MIPYMES con atrasos de hasta seis meses. Esto podría excluir a MIPYMES que reúnen las condiciones de esa excepción.
“Certificación emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde se manifieste que el Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social
Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…
El pliego condiciona el anticipo del 30% a la inscripción del contrato, a una garantía por el 100% del avance y establece un plazo de hasta 25 días desde la certificación de registro. La Ley 47-25 dispone el anticipo con la suscripción del contrato u orden y, para MIPYMES, limita las garantías exigibles a fianzas de compañías aseguradoras.
“Este pago se hará con el registro del contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra el cien por ciento de la totalidad del Avance Inicial, (artículo 210 Reglamento 52-26) y este pago se hará en un plaz”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
La entrega de cada partida se fija en un máximo de cinco días calendario desde la solicitud, pero el pliego identifica como incumplimiento la mora por más de treinta días. Esa diferencia puede generar incertidumbre sobre la respuesta contractual aplicable al retraso respecto del plazo de entrega.
“Por lo que los tickets deberán ser entregados en un periodo no mayor a cinco (5) días calendarios contados a partir de su solicitud. ... a) La mora del proveedor en la entrega de los bienes por causas imputables a éste por más de treinta (3”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
Next Dominicana, S.A.Según el acta de adjudicación resumida para el proceso, se le adjudicaron los ítems 1 y 2; el documento registra un descuento de 5.6%.
Adjudicado
Ítems 1 y 2
RD$6,400,000
Estación de Servicios Coral, SRLFigura como participante y oferente evaluado en el acta resumida; no se establece expresamente su estado final.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona