El informe de evaluación económica, fechado el 22 de mayo de 2026, registra que Grupo Livao, S.R.L. cumplió con la revisión de su oferta económica y recomienda adjudicarle los ítems 1 y 2 por RD$5,221,500.00. La oferta fue la única evaluada en este informe; el documento no constituye el acto de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra una garantía de RD$60,000 para una oferta de RD$5,221,500; el 1 % de esa oferta equivale a RD$52,215. La diferencia puede corresponder a una garantía presentada voluntariamente por encima de ese monto, pero conviene verificar cómo se determinó y si se exigió ese excedente.
“Garantía de seriedad de la oferta, ascendente de (Sesenta Mil Pesos Con 00/100), (RD$60,000.00), equivalente a más del uno por ciento (1%) del total de la oferta presentada”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 202 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 202.- Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es de un uno por ciento (1 %) del monto de la oferta presentada. Esta es de cumplimiento obligatorio y debe incluirse dentro del sobre que contiene la oferta económica o “Sobre B”.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona