El Acta núm. 129/2026, de 2026-05-12, aprueba la evaluación económica y adjudica el proceso de emergencia competitiva ETED-MAE-PEEN-2026-0004 a Sociedad Española de Montajes Industriales, S.A. (SEMI), único oferente recibido, por RD$515,131,337.37, con imprevistos incluidos. El acta registra que el formulario económico consignaba RD$497,711,436.98 “sin imprevistos”, pero que el presupuesto detallado y una aclaración condujeron al monto total adjudicado; también consigna la actualización de la certificación de fondos desde RD$372,439,133.96 hasta el monto adjudicado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una sola oferta recibida y un monto adjudicado RD$142,692,203.41 superior a la certificación inicial (aproximadamente 38.3%). Consigna que ETED actualizó la certificación al monto de la oferta; aunque el artículo 128.3 contempla recursos adicionales como condición para no declarar desierto en ese supuesto, la oferta única y el incremento sustancial justifican revisar la competencia efectiva y el soporte de la disponibilidad actualizada. Según el portal, se notificó el proceso a 38,334 proveedores.
““La única oferta recibida por parte del participante: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MONTAJES INDUSTRIALES, S.A. (SEMI).” … “mediante la actualización de la Certificación de Existencia de Fondos núm. CF-, por la suma de QUINIENTOS QUINCE MILLONES CIE”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 128 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…
El formulario SNCC.F.033 consignaba RD$497,711,436.98 como monto “sin imprevistos”; tras una aclaración, el acta toma como oferta total RD$515,131,337.37, una diferencia de RD$17,419,900.39. El acta afirma que los imprevistos ya estaban en el presupuesto detallado y que la aclaración no alteró la oferta; conviene verificar el documento económico presentado originalmente y que la aclaración no haya modificado el precio ofertado.
““el monto consignado asciende a la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 98/100 (RD$497,711,436.98), indicando expresamente que dicho monto es “sin imprevistos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
La tabla del acta etiqueta “A-280188-3” como Registro Nacional de Contribuyentes, mientras que los datos del portal y del Registro de Proveedores suministrados identifican a SEMI con RNC. Dado que se trata de una sociedad española, el primer dato podría ser un identificador fiscal extranjero; conviene confirmar la correspondencia para asegurar la trazabilidad de la entidad adjudicataria.
““REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES” … “A-280188-3””
Sociedad Española de Montajes Industriales, S.A. (SEMI)El acta la identifica como única oferente recibida, habilitada tras cumplir las evaluaciones legal, técnica y financiera, y adjudicataria con una puntuación combinada de 99.05.
Adjudicado
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RD$515,131,337
Otros documentos del proceso (23)
CF.pdfCertificación de fondos · 26 mar de 2026 · 1 señal
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona