La solicitud de compra, fechada el 20 de mayo de 2026, registra como planificada la construcción del Monumento al Coco, por una unidad y un total de RD$5,000,000. Está firmada por la encargada de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de Nagua. El número de solicitud consignado corresponde a 2025-0007, mientras que el expediente y el documento identifican el proceso 2026-0007.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud lleva el número AMNA-CCC-CP-2025-0007, distinto del expediente y documento AMNA-CCC-CP-2026-0007. Podría ser un error de transcripción, pero conviene verificar la correspondencia de esta solicitud con el expediente del proceso para preservar la trazabilidad documental.
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
La solicitud marca la compra como planificada y consigna RD$5,000,000. El renglón del PAC disponible para el mismo objeto refleja RD$2,500,000 e inicio previsto el 16 de julio de 2026, posterior a la solicitud del 20 de mayo y a la convocatoria del 22 de mayo; verificar si hubo una modificación justificada del plan y del monto antes de convocar.
“Objeto de la compra: Construcción del Monumento al Coco. Planificada: Sí … 1 | | 228701 | Monumento Al Coco. | 1 | $5,000,000,00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona