El pliego de la licitación pública nacional EGEHID-CCC-LPN-2026-0010 establece la compra de diez tipos de materiales de impermeabilización, sin división por lotes, por un monto estimado de RD$7,865,000.00. Fija la adjudicación por menor precio por ítem y un cronograma que recibe ofertas el 7 de julio de 2026. El documento contiene reglas de participación y garantías, pero no adjudica ni evalúa oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige garantía de seriedad a los oferentes y solo cambia para MIPYMES el tipo de instrumento admitido. La Ley 47-25 establece que a las MIPYMES no se les requiere esa garantía, por lo que esta condición puede imponerles un requisito de participación que la ley exceptúa.
“… los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta … Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
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Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas distintas que compartan accionistas, incluso si cada persona jurídica presenta una sola oferta. Esa restricción amplía la prohibición legal de multiplicidad de participación, que se refiere a una misma persona que participa más de una vez, y puede reducir la competencia entre entidades jurídicamente distintas.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
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Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego incorpora como requisito de inscripción códigos de actividad que incluyen equipo y maquinaria de procesamiento de madera y aserrado, además de pinturas, fibras y herramientas. No aclara si basta con estar inscrito en uno de los códigos enumerados o si se exige más de uno; la pertinencia de toda la lista frente a los materiales licitados merece verificarse como posible barrera de calificación.
“Certificación del Registro de Proveedores del Estado (RPE) (Actualizado) según la Resolución /2015 de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial -”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Oferentes que registra (16)
16 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Casa Doña Marcia, Cadoma, SRLEl portal la registra con oferta cargada y pendiente; el pliego no contiene evaluación.
Mencionado
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Astur Caribe, SRLEl portal la registra con oferta cargada y pendiente; el pliego no contiene evaluación.
Grupo Zomo, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente. El estado RPE informado corresponde a consulta del 2026-09-28, no necesariamente al momento de ofertar.
Mencionado
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RD$5,248,077
Southwest Corporation Dominicana, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente. El estado RPE informado corresponde a consulta del 2026-09-28, no necesariamente al momento de ofertar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona