El acta registra la adjudicación del proceso HPNSR-DAF-CM-2026-0011 a Bio Nova, SRL, por RD$1,906,385.74. Consigna cuatro propuestas recibidas, desde RD$62,941.86 hasta RD$1,906,385.74, y señala que la adjudicación se produjo el 21 de mayo de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra propuestas de RD$62,941.86, RD$201,271.80 y RD$401,674.18, frente a RD$1,906,385.74 de Bio Nova, a quien adjudica el proceso, que el portal indica que no estaba dividido en lotes. Corresponde verificar que las ofertas de menor monto cubrieran el mismo alcance; podrían haber sido ofertas parciales o no conformes, algo que el acta no permite discernir.
“1. BIONOVA, SRL por un monto de RD$ 1,906,385.74 (UN MILLON NOVECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON 74/100). 2. HOSPIFAR, SRL por un monto de RD$62,941.86 (SESENTA Y DOS MIL NOVECINETOS CUARENTA Y UN PESOS CON 86/100).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El portal registra este proceso con estimado de RD$1,900,000 y otro proceso de reactivos convocado el 29/05/2026 por RD$621,600, dentro de los tres meses siguientes. Juntos suman RD$2,521,600, por encima del máximo de RD$2,010,835.37 de contratación menor aplicable en 2026; debe verificarse si corresponden al mismo rubro-clase y a necesidades planificables comunes, pues los objetos específicos podrían ser distintos.
“el proceso de referencia HNSR- para la COMPRA DE REACTIVOS PARA EL HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE REGLA –HPNSR-DAF-CM-2026-0011.”
Artículo 5.- Definiciones. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por las definiciones siguientes: 1) Adjudicación: Es el acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación fijados en un procedimiento de contratación pública. 2) Bienes: Son los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda…
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
El acta adjudica a Bio Nova, SRL por RD$1,906,385.74. Según el historial de adjudicatarios aportado para el análisis, la empresa acumulaba 14 contratos con esta institución por RD$6,719,162 durante los 24 meses previos; es un dato de concentración que amerita seguimiento, no una irregularidad por sí solo.
“La empresa: 1. BIONOVA, SRL por un monto de RD$ 1,906,385.74 (UN MILLON NOVECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON 74/100).”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…