El Acta núm. 022-2026, de fecha 19 de mayo de 2026, aprobó por unanimidad el informe final y adjudicó a MDL PRO, S.R.L. la difusión durante un mes de la campaña “Reduce tu consumo energético”, por RD$5,529,404.48. También ordenó requerir una garantía de fiel cumplimiento de RD$221,176.18, equivalente al 4% del monto adjudicado, y publicar el acta y el informe.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$5,529,404.48; el portal registra un monto estimado de RD$5,255,644.48, una diferencia de RD$273,760.00 (aprox. 5.21%). El estimado no equivale necesariamente al límite de apropiación presupuestaria, pero la diferencia merece contrastarse con la certificación presupuestaria y la justificación del precio, especialmente al haberse adjudicado una sola oferta.
“Que la cotización presentada por el oferente MDL PRO, S.R.L., asciende a la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 48/100 (RD$5,529,404.48).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
El portal registra publicación y cierre de ofertas el 13 de mayo de 2026, mientras el acta confirma que el proceso se lanzó bajo excepción directa; la oferta evaluada fue la de MDL PRO, S.R.L. El Reglamento establece al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción de ofertas para las excepciones, salvo supuestos que no incluyen la contratación de publicidad; el plazo registrado amerita revisión por su efecto en la oportunidad de participación.
“Que dicho proceso de compras fue lanzado bajo la modalidad de excepción directa con la referencia núm. CNE-CCC-PEPB-2026-0003, en base a las disposiciones de la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
El acta informa que la adjudicación puede impugnarse mediante recurso jerárquico en sede administrativa dentro de diez días hábiles. La Ley dispone primero la reconsideración ante el órgano responsable y reserva el recurso jerárquico impropio para impugnar la decisión de reconsideración; la indicación del acta puede generar incertidumbre sobre la vía administrativa inicial.
“INFORMA que el presente acto administrativo puede ser objeto de reclamación o impugnación a través de un recurso jerárquico en sede administrativa, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles a partir de la fecha, conforme dispone el artíc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
MDL PRO, S.R.L.El informe final citado por el acta indica que la oferta cumple los requerimientos y recomienda adjudicar; el Comité aprobó el informe y adjudicó a este oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona