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Pliego

ADN-CCC-CP-2026-0014-Pliego de Condiciones-SUMINISTRO DE KITS ESCOLARES.pdf

SUMINISTRO DE KITS ESCOLARES · Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN)

Publicado el 19 may de 2026Fechado el 12 may de 202630 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ADN-CCC-CP-2026-0014

Lo que dice

El pliego, fechado el 13 de mayo de 2026, establece las condiciones de una contratación simplificada para suministrar 8,000 kits escolares y fija la presentación de ofertas para el 28 de mayo. Según el portal, el monto estimado es RD$6,436,000. Entre las condiciones relevantes figuran la evaluación cumple/no cumple, la adjudicación por menor precio y los plazos de pago y formalización del contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Código RPE aparece como preferencia y como requisito obligatorio

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

En la descripción del objeto, el código de actividad 53120000 se presenta como preferible; en la documentación legal, se exige que el RPE lo tenga inscrito. Esa diferencia puede convertir una orientación en una condición de habilitación y merece revisión por su efecto sobre la participación.

“los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial Maletas, bolsos de mano, mochilas y estuches. … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, c”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo previsto para firmar excede el máximo legal

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

El cronograma sitúa la adjudicación y su notificación el 26 de junio, pero programa la suscripción para el 15 de julio. Desde la notificación hasta esa fecha transcurren 13 días hábiles, frente al máximo de 10 días hábiles establecido por la ley.

“Adjudicación Viernes veintiséis (26) de junio del 2026 … Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de los bienes Quince (15) de julio del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago previsto supera el máximo legal

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

El pliego dispone pagos hasta 45 días desde la remisión de las facturas. La Ley fija un máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago contractual y se presente el requerimiento; la cláusula también ordena descalificar ofertas que no acepten esas condiciones.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita las facturas de los bienes entregados. … Los Oferentes que no se ajusten a las condiciones de pago establecida, su propue”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

Anticipo a MIPYMES no se prevé al suscribir el contrato

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

Para adjudicatarios MIPYME, el pliego fija el anticipo de 30% hasta 30 días después de la firma y exige una póliza que cubra el avance. La ley prevé ese anticipo con la suscripción del contrato, orden o servicio, sin necesidad de presentar factura.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME el ADN procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será del treinta por ciento 30% del valor del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de trein”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Restricción por accionistas compartidos entre empresas

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

El pliego excluye la participación simultánea de empresas que compartan uno o más accionistas. La prohibición legal se refiere a la multiplicidad de participación de una misma persona; la cláusula extiende la restricción a entidades jurídicas distintas, lo que puede reducir la concurrencia y merece revisión de su justificación.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Vigencia mínima de ofertas termina antes de la firma programada

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

El pliego exige que las ofertas estén vigentes como mínimo hasta el 2 de julio, mientras programa la firma del contrato para el 15 de julio. Aunque permite solicitar una prórroga antes del vencimiento, esta puede ser rechazada por el oferente, por lo que el calendario no asegura que la oferta permanezca vigente hasta la formalización.

“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes mínimo hasta el 02 de julio del 2026. … Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de los bienes Quince (15) de julio del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas

Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas

Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…

ContextoHallazgo en documentos

Declaración de prohibiciones remite a artículos de otro régimen

Documento del 19 may 2026 · hace 4 meses

El pliego pide declaraciones sobre prohibiciones citando la Ley 340-06 y, en otro apartado, el artículo 15 de la Ley 47-25. La ley vigente regula las inhabilidades para contratar en el artículo 38; aunque el pliego también prevé debida diligencia, la referencia de la declaración no identifica claramente ese régimen.

“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 15 de la Ley núm. 47-25 y sus modificaciones. … Declaración jurada simple (no requiere”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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SNCC_F042_Informacion_Oferente.docx
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