El Acta núm. 2026-0013, de fecha 2026-05-19, aprueba el informe de evaluación y adjudica el procedimiento de excepción CEIRD-CCC-PEPU-2026-0004 a ORION INVESTMENTS GROUP, INC. por RD$12,209,803.65, impuestos incluidos. Ordena notificar al adjudicatario y publicar el acta en el portal institucional y en el SECP.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el proceso CEIRD-CCC-PEPU-2026-0004, pero consigna que el informe técnico, legal y financiero que recomienda al ganador corresponde a CEIRD-CCC-PEPU-2026-0001. Puede tratarse de un error material, pero conviene verificar que el informe aprobado y utilizado para adjudicar sea el del procedimiento adjudicado.
“Informe técnico, legal y financiero elaborado por los peritos designados, de fecha dieciocho (18) del mes de mayo de dos mil veintiséis (2026) mediante el cual se evalúa la propuesta presentada por la sociedad comercial ORION INVESTMENTS GR”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
El aviso incluido al cierre del acta remite a la Ley 340-06 y menciona directamente un recurso jerárquico. Para este proceso, la Ley 47-25 establece primero la reconsideración ante el órgano responsable y el recurso jerárquico impropio contra la decisión de aquella; la indicación podría confundir sobre la vía para impugnar la adjudicación.
“de la interlrosición de un nvn sojercirquico en el plazo di' 10 … rlúrs, según establece el numeral 1 rfel artículo 67 ale la Ler/ 340-06 y sus urodirfcaciones”
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Ley 47-25, artículo 210 — Carácter optativo de los recursos administrativos
Artículo 210.- Carácter optativo de los recursos administrativos. Los recursos administrativos previstos en la presente ley tendrán carácter optativo, por lo que el interesado podrá en todo caso acudir directamente a la vía contenciosa administrativa. Párrafo.- La elección de la vía jurisdiccional hará perder la administrativa; pero la interposición del recurso administrativo no impedirá desistir del mismo en cualquier estado a fin de promover la vía contenciosa, ni impedirá que se interponga el recurso contencioso administrativo una vez resuelto el recurso administrativo o transcurrido el plazo para decidir.
El acta adjudica a ORION INVESTMENTS GROUP, INC. servicios de hospedaje, salones y catering. Según la consulta de la DGII del 2026-09-27, su actividad registrada es «SOCIEDADES DE INVERSIÓN»; es un dato posterior al proceso y debe verificarse frente a la situación y capacidad de la empresa cuando ofertó, sin presumir que fueran iguales.
“El Comité de Contrataciones Públicas de ProDominicana ADJUDICA el Procedimiento por Excepción para la contratación de servicios de hospedaje, salones y catering para el Foro de Inversión de las Américas (AMERICAS INVESTMENT FORUM-AIF) en la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
ORION INVESTMENTS GROUP, INC.El Comité aprobó el informe de evaluación, que indicó que la oferta cumplía los términos de referencia, y adjudicó el procedimiento por excepción.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona