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Pliego

Pliego de condiciones estandar PMO FD.pdf

Contratación de servicios para la capacitación e implementación de Oficina de Gestión de Proyectos (PMO) para la Superintendencia del Mercado de Valores · Superintendencia de Valores

Publicado el 12 may de 2026Fechado el 26 abr de 202641 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIV-CCC-CP-2026-0006

Lo que dice

El pliego del proceso SIV-CCC-CP-2026-0006 establece las condiciones para contratar servicios de capacitación e implementación de una PMO, con presupuesto base de RD$5,643,350.00 y una ejecución prevista de once meses. Fija la recepción de ofertas para el 26 de mayo de 2026 y una evaluación técnica y económica por puntaje, con adjudicación al oferente que obtenga la mayor puntuación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

La fórmula económica asigna más puntos a ofertas de mayor precio

Documento del 12 may 2026 · hace 5 meses

La fórmula otorga más puntos cuanto más se acerca la oferta al presupuesto máximo; el criterio de adjudicación, a su vez, selecciona el mayor puntaje. Esta regla puede premiar un precio superior en vez de reflejar una evaluación económica favorable, por lo que corresponde revisar su coherencia con la metodología de selección de la propuesta más conveniente.

“Se aplica la siguiente fórmula de evaluación económica= (Oferta del Proponente/ Monto presupuestado) x 13 … El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación será basado en mayor”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 119 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente

Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 119 — Mejor relación calidad-costo

Artículo 119.- Mejor relación calidad-costo. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir de la mejor relación calidad- costo, la institución contratante podrá establecer una pluralidad de criterios de evaluación de tipo cualitativo y económico, fijando el valor ponderado de cada uno. Párrafo I.- En los criterios cualitativos podrán incluirse aspectos medioambientales y sociales vinculados al objeto del contrato. Párrafo II.- En los contratos de consultoría y de servicios profesionales la experiencia deberá ser ponderada como criterio de evaluación y la ponderación de la oferta económica no podrá superar el treinta por ciento (30%) de la puntuación total.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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A revisarHallazgo en documentos

Documentación financiera sin verificación explícita de solvencia

Documento del 12 may 2026 · hace 5 meses

Aunque el pliego declara que la documentación financiera debe validar la estabilidad financiera, enumera únicamente certificaciones de cumplimiento fiscal y de seguridad social. No establece en esa sección evidencia financiera que permita evaluar solvencia o recursos para ejecutar el contrato, por lo que conviene revisar cómo se verifica esa capacidad exigida para calificar.

“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. … Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DG”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición de ofertas entre empresas que comparten algún socio

Documento del 12 may 2026 · hace 5 meses

El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas por el solo hecho de compartir algún socio o accionista. Esa exclusión categórica va más allá de la prohibición legal de multiplicidad de participación de una misma persona en el procedimiento y puede restringir la competencia entre personas jurídicas distintas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Otros documentos del proceso (26)

  • FORMULARIOS.IMPORTANTE.ABRIR.zipDocumento · 12 may de 2026
  • Invitación a presentar ofertas.pdfDocumento · 12 may de 2026
  • compromiso ético PMO.pdfDocumento · 12 may de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 12 may de 2026
  • Estudio Previo PMO FD.pdfEstudio previo · 12 may de 2026 · 1 señal
  • Acta 76 de inicio PMO FD.pdfPliego · 12 may de 2026
  • Acta 63 designación de peritos PMO.pdfInforme pericial · 12 may de 2026
  • certificación de fondos.pdfCertificación de fondos · 12 may de 2026 · 1 señal
  • solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 12 may de 2026
  • Especificaciones técnicas PMO SIMV FD.pdfPliego · 12 may de 2026 · 2 señales
  • Acta 76 de inicio PMO FD..pdfActa · 12 may de 2026
  • Circular 1.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Circular · 21 may de 2026 · 1 señal
  • Acta 104 de Habilitación sobre B FD.pdfActa · 10 jun de 2026
  • Acta 99 de aprobacion del informe preliminar FD.pdfInforme de evaluación · 10 jun de 2026
  • Informe consolidado de evaluación definitivo FD.pdfInforme de evaluación · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Informe preliminar consolidado sobre A CCP VF.pdfInforme de evaluación · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Notificacion de habilitación Sobre B FD.pdfDocumento · 10 jun de 2026
  • Acta de Adjudicacion y cuota a comprometer.pdfActa de adjudicación · 22 jun de 2026 · 3 señales
  • Acta de Adjudicacion FD.pdfActa de adjudicación · 22 jun de 2026 · 2 señales
  • Informe de evaluación economica peritos FD.pdfActa de adjudicación · 22 jun de 2026 · 1 señal
  • Notificacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 22 jun de 2026 · 2 señales
  • Acta de Adjudicacion y cuota a comprometer.pdfDocumento · —
  • acta notarial sobre A.pdfActa · —
  • DJ-27-2026 Soto JS Consulting_C.pdfDocumento · —
  • Informe de evaluación economica peritos FD.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —