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Pliego

5. pliego-estandar-excepciones-competitivas.pdf

ALQUILER DE CAMIONES COMPACTADORES PARA SERVICIO DE RECOLECION DE DESECHOS SOLIDOS EN LOS DIFERENTES SECTORES DEL MUNICIPIO DE BOCA CHICA · Ayuntamiento Municipal de Boca Chica

Publicado el 8 may de 2026Fechado el 23 abr de 202659 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMBC-MAE-PEUR-2026-0001

Lo que dice

El pliego fechado el 24 de abril de 2026 establece una contratación de urgencia para alquilar cuatro camiones compactadores durante tres meses, con presupuesto base de RD$7,032,000. Fija la recepción de ofertas hasta el 15 de mayo y la adjudicación para el 1 de junio; además, contiene una referencia a otro proceso y objeto, y la vigencia de las ofertas indicada vence antes de la adjudicación. El portal registra un monto estimado de RD$7,015,680 y una oferta de Waste Solutions MTE, S.R.L. por RD$7,008,000.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos operativos acumulados que ameritan comprobar proporcionalidad

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

Para un servicio de cuatro camiones por tres meses se exige, además de una unidad de respaldo, un área de taller y mecánicos certificados, entre otros requisitos operativos. Son condiciones relacionadas con la continuidad del servicio, pero su proporcionalidad y disponibilidad en el mercado merecen revisión; el portal registra una sola oferta, pese a 6,699 proveedores notificados.

“La empresa contratista dispondrá de un área de taller semiabierta o cerrada destinada al mantenimiento de equipos y maquinaria. Puede ser subcontratada. Los mecánicos/as deberán estar certificados/as por entidad acreditadora”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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A revisarHallazgo en documentos

La documentación técnica se declara no subsanable en bloque

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego califica como no subsanable toda la documentación técnica, incluyendo certificaciones de experiencia, matrícula y seguro de las unidades. La regla puede impedir corregir documentos que acrediten requisitos de calificación ya cumplidos al presentar la oferta, para los que la Ley contempla subsanación.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] … 5) Dos (02) Certificaciones de experiencias similares.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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A revisarHallazgo en documentos

La vigencia de las ofertas termina antes de la adjudicación prevista

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego fija la vigencia de las ofertas hasta el 22 de mayo, pero programa la adjudicación para el 1 de junio y la firma del contrato para el 5 de junio. La normativa permite solicitar una prórroga antes del vencimiento; conviene verificar que la extensión de las ofertas y, cuando corresponda, de sus garantías se haya gestionado oportunamente.

“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 22 de mayo del 2026. … Adjudicación 01 de junio del 2026 a las 10:00 A.M.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas

Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…

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A revisarHallazgo en documentos

El objeto del pliego remite a otro proceso y a otra localidad

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

Aunque la portada y otras secciones describen la transportación de desechos sólidos para Boca Chica, el apartado del objeto cita el proceso JMC-CCC-CP-2025-0001 y la recolección de basura en La Caleta. La contradicción puede generar incertidumbre sobre qué prestación y condiciones rigen la convocatoria.

“Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PARA LA RECOLECCIÓN DE BASURA EN LA CALETA, del proceso de referencia: JMC-CCC-CP-2025-0001, de acuerdo con las condiciones fij”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

ContextoHallazgo en documentosRD$7 millones

Una sola oferta registrada y cercana al monto estimado

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

Según los datos del portal, se notificaron 6,699 proveedores y se registra una sola oferta: RD$7,008,000, equivalente aproximadamente al 99.89 % del estimado del portal de RD$7,015,680. Esto no demuestra irregularidad, pero deja poca evidencia de presión competitiva y merece revisión de la participación efectiva y de la razonabilidad del precio.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es la adjudicación basada en el menor precio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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ContextoHallazgo en documentos

Diferencia entre el presupuesto base del pliego y el estimado del portal

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego consigna RD$7,032,000 como presupuesto base, mientras el portal registra un monto estimado de RD$7,015,680: una diferencia de RD$16,320. El documento no explica la variación; conviene conciliar las cifras con los estudios previos y la apropiación presupuestaria.

“El presupuesto base para esta compra asciende a SIETE MILLONES TREINTA Y DOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$7,032,000.00)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

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Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

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ContextoHallazgo en documentos

La declaración jurada de prohibiciones remite a la Ley 340-06

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige una declaración de no estar sujeto a prohibiciones bajo la Ley 340-06, aunque en otras secciones cita la Ley 47-25. Conviene verificar que la declaración y su comprobación cubran también las inhabilidades del régimen vigente al convocarse este proceso.

“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones de la Ley Ley 340-06”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Waste Solutions MTE, S.R.L.El portal registra una oferta cargada y pendiente; el documento es el pliego y no consigna una decisión sobre su habilitación o adjudicación.MencionadoProceso sin lotesRD$7,008,000

Otros documentos del proceso (11)

  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfPliego · 8 may de 2026 · 2 señales
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 8 may de 2026
  • DESIGNACION DE PERITOS .pdfInforme pericial · 8 may de 2026
  • EXISTENCIA DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 8 may de 2026
  • INFORME JUSTIFICATIVO.pdfInforme justificativo · 8 may de 2026 · 2 señales
  • RESOLUCION.pdfResolución · 8 may de 2026
  • SOLICITUD CAMIONES.pdfSolicitud de compra · 8 may de 2026 · 1 señal
  • SOLICITUD DE RECOMENDACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 8 may de 2026
  • SOLIITUD ALQUILER.pdfSolicitud de compra · 8 may de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION ALQUILER.pdfActa de adjudicación · 5 jun de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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