La Resolución núm. CCC-104-2026, fechada el 5 de mayo de 2026, aprueba el informe definitivo DJ-I-000058-26 y adjudica publicidad del proceso INDOTEL-CCC-PEPB-2026-0003 a 66 entradas de programas o medios, por un total de RD$30,354,119.06. El total se desglosa en RD$26,909,897.64 para 60 entradas de programas y RD$3,444,221.42 para seis medios de prensa. El documento contiene discrepancias en la identificación del proceso y del informe que sustenta la decisión; además, la fecha de adjudicación precede al cierre y apertura indicados en el cronograma del portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución adopta la adjudicación el 5 de mayo de 2026, mientras el cronograma del portal fija el cierre y la apertura para el 8 de mayo. Esa secuencia deja la decisión documentada antes de la fecha prevista para recibir y abrir ofertas, por lo que debe verificarse el cronograma y la trazabilidad de la adjudicación.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo el día 5 de mayo de 2026, se reunieron, previa convocatoria, los siguientes miembros del Comité de Contrataciones Públicas del Instituto ”
Ley 47-25, artículo 84 — Actuaciones en el procedimiento de contratación
Artículo 84.- Actuaciones en el procedimiento de contratación. Las actuaciones propias del procedimiento de contratación son las siguientes: 1) La planificación de las contrataciones; 2) Preparación de las contrataciones, la cual implica, de manera general, estudios y consultas previas, la determinación del objeto a contratar y de las condiciones necesarias a este, el presupuesto estimado, la selección de los peritos, la elaboración de las especificaciones técnicas o términos de referencia, la identificación de la apropiación presupuestaria, la preparación y aprobación de los pliegos de condiciones y del procedimiento de contratación; 3) La convocatoria al procedimiento de contratación; 4)…
Ley 47-25, artículo 85 — Etapas del procedimiento de contratación
Artículo 85.- Etapas del procedimiento de contratación. Las actuaciones enunciadas de manera general en el artículo precedente serán organizadas en las etapas siguientes: 1) Etapa precontractual: Es la etapa dentro de la cual se realizan todas las actuaciones previas a la formalización del contrato, incluyendo la apropiación presupuestaria adecuada, la planificación y preparación de las contrataciones, su convocatoria y desarrollo del procedimiento, evaluaciones y adjudicación; 2) Etapa contractual: Es la etapa que inicia con la formalización del contrato y dentro de la cual se producen todas las actuaciones e incidencias vinculadas a su ejecución, desde las condiciones de su inicio hasta…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La resolución adjudica a la lista que identifica en su parte dispositiva; sin embargo, el portal registra contratos activos vinculados al proceso para Pablo Ramón de Jesús Castillo Cordero, Sck Virtual y Larimar, cuyos nombres no aparecen en la lista de adjudicatarios de esta acta. El acta y los contratos registrados requieren conciliación; el portal podría tener registros posteriores o diferencias de denominación, pero en particular el acta no muestra una adjudicación a esos proveedores.
“ACOGER la recomendación realizada por los peritos designados en el informe definitivo núm. DJ-I-000058-26 de evaluación de la oferta del procedimiento INDOTEL-CCC-PEPB-2026-0003, y en consecuencia ADJUDICAR a los siguientes oferentes por ha”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
La tabla adjudica dos programas distintos por RD$177,000 cada uno, pero ambos muestran el mismo RNC y el mismo número RPE. Puede tratarse de dos espacios o programas del mismo proveedor; conviene comprobar que los objetos, entregables y pagos correspondan a prestaciones separadas y no duplicadas.
“177,000.00 51867 … DE 2 EN 2 EN LA TARDE … 177,000.00 51867”
La resolución aprueba como sustento el informe DJ-I-000058-26, fechado el 30 de abril, pero otro considerando afirma que la recomendación se fundamenta en el informe DJ-I-000043-26, fechado el 16 de marzo. Debe confirmarse cuál informe evaluó y recomendó efectivamente a los proveedores adjudicados.
“que, en el presente caso, este Comité ha evidenciado que el informe definitivo presentado por el perito se encuentra fundamentado con las razones que justifican la recomendación de adjudicar el procedimiento de excepción a los proveedores i”
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
El encabezado denomina el procedimiento como INDOTEL-CCC-PEPB-2026-0001, pero la agenda y la parte dispositiva resuelven el proceso 0003. La discrepancia crea incertidumbre de trazabilidad sobre el expediente al que corresponde el acto, aunque el resto del documento se refiere reiteradamente al 0003.
“NOMENCLATURA INDOTEL-CCC-PEPB-2026-0001. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo el día 5 de mayo de 2026, se reunieron”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 23 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Oferentes que registra (66)
66 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
TELE RADIO NORTEAdjudicación por cumplimiento de los requisitos exigidos.
Adjudicado
Programa
RD$354,000
INTERACTIVORD.COMAdjudicación por cumplimiento de los requisitos exigidos.
Adjudicado
Programa
RD$177,000
VOCES DEL MASACREAdjudicación por cumplimiento de los requisitos exigidos.
Adjudicado
Programa
RD$265,500
VOZ NOROESTANAAdjudicación por cumplimiento de los requisitos exigidos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…