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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

ADN-MAE-PEEN-2026-0008-Pliego de Condiciones extraccion de agua estancada proceso de emergencia.pdf

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE EXTRACCION Y BOTE DE AGUA ESTANCADA · Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN)

Publicado el 8 may de 2026Fechado el 7 may de 202629 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ADN-MAE-PEEN-2026-0008

Lo que dice

El pliego, fechado el 8 de mayo de 2026, establece una contratación de emergencia para extracción y bote de aguas estancadas, con presupuesto estimado de RD$7,890,000 y dos tipos de servicio: 30 unidades con camiones de 9,000 a 13,000 galones y 40 con camiones de 3,000 a 5,000 galones. Fija adjudicación por menor precio entre ofertas técnicamente habilitadas y detalla requisitos de experiencia, equipos, capacidad financiera y disposición final. Según los datos del portal, se registraron dos ofertas y contratos activos con Servisepticos, SRL por RD$5,310,000 y Progescon, SRL por RD$2,369,440.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Anticipo MIPYME condicionado a factura y con plazo de hasta 30 días

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego condiciona el anticipo del 30% a la presentación de factura y permite pagarlo hasta 30 días después de la firma. La ley prevé ese anticipo con la suscripción del contrato y sin necesidad de factura; corresponde verificar cómo se aplicará esta condición a los adjudicatarios MIPYME.

“En caso de que el adjudicatario sea MIPYME el ADN procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será del 30% del valor del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días a partir de la firm”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago previsto supera el máximo legal general

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego fija hasta 45 días para el pago contado desde la remisión de la factura. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; la diferencia puede retrasar el cobro, aunque la condición de pago puede depender de la recepción conforme.

“El ADN procederá a realizar un pago único, a partir de la entrega de los bienes adjudicados. Este pago se hará en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita la factura de los bienes entreg”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

Apertura técnica y económica prevista en una sola etapa

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego dispone recepción y apertura de las ofertas técnicas y económicas en una etapa única. La Ley establece que las ofertas económicas no se conozcan hasta una fecha distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las técnicas; la secuencia prevista merece verificación por su efecto sobre la separación y confidencialidad de las ofertas.

“la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en una (1) etapa: Etapa única Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas, y la apertura de las ofertas técnicas y económicas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas

Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

A revisarHallazgo en documentos

Unidades facturables incluyen espera sin precipitación

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego considera realizado un servicio cuando los camiones permanecen hasta cinco horas a solicitud del ADN y no ocurren las precipitaciones esperadas. Esto puede remunerar disponibilidad en vez de extracción efectiva; conviene contrastarlo con los precios unitarios y las constancias de prestación y recepción.

“Si los técnicos de la Dirección de Mantenimiento y Obras Comunitarias del ADN solicitasen camiones insitu para evitar inundaciones, en varios puntos críticos del Distrito Nacional, por alerta del Instituto Dominicano de Meteorología (INDOME”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 143 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 143 — Responsables del contrato

Artículo 143.- Responsables del contrato. La institución contratante, al momento de la adjudicación, indicará los funcionarios o servidores responsables del contrato, a los cuales corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas y estos cumplirán las actividades mínimas siguientes: 1) Revisar y certificar que las garantías exigidas según lo dispuesto en el procedimiento de contratación se encuentren vigentes; 2) Inspeccionar que los bienes, servicios y obras son entregados según lo establecido en el contrato; 3)…

ContextoHallazgo en documentos

Experiencia mínima de cinco años como requisito no subsanable

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige a la empresa acreditar al menos cinco años de experiencia en el sector y califica como no subsanable el formulario correspondiente. Es una barrera de entrada que merece comprobarse frente al valor, la naturaleza y la urgencia del servicio, pues la ley requiere que los requisitos de calificación sean proporcionales al objeto.

“Formulario de Experiencia como Contratista (SNCC.D.049), con el fin de acreditar experiencia de la empresa mínima de cinco (5) años en el sector. (No subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Dos ofertas registradas frente a 4,890 proveedores notificados

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El portal registra dos ofertas para el proceso y 4,890 proveedores notificados. La cifra de notificaciones no equivale necesariamente a proveedores idóneos o interesados, pero el bajo número de propuestas recibidas amerita revisar la concurrencia efectiva en esta contratación de emergencia.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es adjudicación basada en menor precio.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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ContextoHallazgo en documentos

Tratamiento de la garantía de seriedad no queda inequívoco

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

En el apartado económico el pliego menciona evaluar las ofertas junto con la garantía de seriedad, pero la lista de documentos económicos no la enumera expresamente. Esa diferencia deja incierto si se exige a cada oferente y cómo se aplica, lo que puede generar tratamientos distintos; el reglamento permite determinar si resulta razonable exigirla en una emergencia.

“Posterior a la evaluación técnica y al conocer los oferentes habilitados para el examen de la propuesta económica, los peritos evaluarán las ofertas económicas para que recomienden la adjudicación conforme a la metodología y criterios estab”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 108 · Reglamento 52-26, art. 201 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 108 — Oferta económica

Artículo 108.- Oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda; 2) La garantía de la seriedad de la oferta, cuando aplique al procedimiento; y 3) Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria.

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Reglamento 52-26, artículo 201 — Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 201.- Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y la seriedad de las condiciones técnicas y de los precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, la subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se requiere la presentación de garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes deben determinar la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el…

Oferentes que registra (2)

2 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Servisepticos, SRLEl portal registra un contrato activo por RD$5,310,000.Adjudicado—RD$5,310,000
Progescon, SRLEl portal registra un contrato activo por RD$2,369,440; su oferta registrada fue de RD$6,794,440.Adjudicado—RD$2,369,440

Otros documentos del proceso (15)

  • ADN-MAE-PEEN-2026-0008-Convocatoria-EXTRACCION DE AGUA ESTANCADA.pdfDocumento · 8 may de 2026
  • ADN-MAE-PEEN-2026-0008-INFORME JUSTIFICTIVO_0001.pdfInforme justificativo · 8 may de 2026 · 1 señal
  • ADN-MAE-PEEN-2026-0008-REQS_0001.pdfPliego · 8 may de 2026 · 1 señal
  • ADN-MAE-PEEN-2026-0008-RESOLUCION DE APROBACION DEL COMITE_0001.pdfResolución · 8 may de 2026
  • ADN-MAE-PEEN-2026-0008-SOLICITUD DE COMPRAS -_0001.pdfSolicitud de compra · 8 may de 2026 · 1 señal
  • Autorizacion al Comite Uso de Excepcion.pdfAutorización · 8 may de 2026 · 1 señal
  • Decretos 234-26 y 239-26.pdfDocumento · 8 may de 2026
  • ACTA ADJUDICACION proceso de emergencia Extraccion y Bote de Agua Estancada ADN-MAE-PEEN-2026-0008_0001.pdfActa de adjudicación · 24 jul de 2026
  • ACTA ADJUDICACION proceso de emergencia Extraccion y Bote de Agua Estancada ADN-MAE-PEEN-2026-0008_0001.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA ADJUDICACION proceso de emergencia Extraccion y Bote de Agua Estancada ADN-MAE-PEEN-2026-0008_0001.pdfActa de adjudicación · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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APROPIACION PRESUPUESTARIA.pdfCertificación de fondos · —
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