El Acto Administrativo núm. CCC-047-2026, de 2026-05-08, aprueba los estudios previos, el pliego y los términos de referencia, y autoriza la contratación simplificada de servicios para la asamblea y junta directiva del CCSBSO, previstas para el 18 y 19 de junio de 2026. La apropiación presupuestaria indicada es de RD$3,600,000. También designa tres peritos y consigna que se solicitó una dispensa bajo el Decreto 51-26, aunque la institución sostiene que este no le resulta aplicable por su autonomía.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto consigna una apropiación de RD$3,600,000, mientras que el contexto del portal registra para Travelista un contrato modificado de RD$4,142,880, una diferencia de RD$542,880 (15.08%). El registro indica que el contrato fue modificado, por lo que procede verificar el respaldo presupuestario de ese monto posterior.
“por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$3,600,000.00), mediante la cual se hace constar que, para la contratación de servicios para la realización de la Asamblea General y Junta Directiva del Consejo Ce”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El pliego aprobado incluye impresiones y souvenirs, categorías que el artículo 9 del Decreto 51-26 restringe o prohíbe. El acto afirma que la autorización del decreto no aplica a la Superintendencia por su autonomía; corresponde verificar la aplicabilidad de esa posición y si esos componentes se contrataron efectivamente.
“Otros servicios complementarios: impresiones, souvenirs, alquiler de mesas, alquiler de sillas ejecutivas, alquiler de mobiliario para panel, palmas, entre otros.”
Qué dice la ley: Decreto 51-26, art. 2 · Decreto 51-26, art. 9 · con ChatLeyes
Decreto 51-26, artículo 2
ARTÍCULO 2. Las disposiciones del presente decreto aplican a los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo, esto es, la Administración Pública Central, la desconcentrada y los organismos autónomos y descentralizados, durante el año 2026. PÁRRAFO I. Este decreto no aplica a los demás poderes del Estado ni a los órganos de rango constitucional, en función del principio de separación de poderes. PÁRRAFO II. El Ministerio Administrativo de la Presidencia queda a cargo de articular los esfuerzos de todas las dependencias gubernamentales vinculadas a la aplicación de las disposiciones del presente decreto.
ARTÍCULO 9. Solo podrán realizarse publicaciones por mandato legal o reglamentario, con base en el número de impresiones estrictamente necesario y prescindiendo de materiales suntuosos. PÁRRAFO. Queda prohibida la compra de efectos promocionales, de rendición de cuentas, impresiones o boletines informativos, entre otros de igual naturaleza.
El presupuesto de RD$3,600,000 para una unidad supera ampliamente la mediana contextual de RD$22,000 y el límite superior del rango central de RD$137,514 observado en otros ítems de organización y logística. La comparación es orientativa: el alcance aquí agrupa salón, alimentos, alojamiento, transporte y otros servicios para una asamblea internacional, por lo que las unidades pueden no ser equivalentes.
“• Contratación de salón para la realización de la Asamblea General y reunión de la Junta Directiva del CCSBSO. • Servicios de alimentos y bebidas no alcohólicas. • Alquiler y montaje de equipos audiovisuales. • Reservación de habitaciones. ”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona