El Comité aprobó el informe de evaluación económica y recomendó adjudicar a Totalenergies Marketing Dominicana, S.A. el suministro de combustible por doce meses, por RD$10,000,000. La resolución instruye notificar a los oferentes y elaborar el contrato; el portal registra posteriormente el proceso como adjudicado y el contrato por ese mismo monto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal fija un monto estimado de RD$10,000,000 y el acta recomienda adjudicar por ese mismo monto a la única participante que identifica. Dado que el acta justifica la selección por los descuentos ofertados, procede verificar el cálculo de esos descuentos y su correspondencia con el monto recomendado.
“Por un periodo de doce (12) meses, por el monto de diez millones pesos dominicanos con 00/100, (RD$10, 000,000.00).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 117 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Aunque el documento se titula resolución de adjudicación, el dispositivo recomienda adjudicar y ordena elaborar el contrato, sin formular expresamente la adjudicación. El portal registra después el proceso como adjudicado; conviene verificar el acto que formalizó esa decisión.
“SEGUNDO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA, la adjudicación a la empresa TOTALENERGIES MARKETING DOMINICANA, S.A., los bienes y servicios indicados más abajo: … CUARTO: INSTRUIR como al efecto INSTRUYE, al Jurídico del CUSEP, la elaborac”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas
Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Totalenergies Marketing Dominicana, S.A.El acta la recomienda por sus descuentos, idoneidad, servicios y calidad de propuesta; fue la única participante que el documento identifica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona