La designación de peritos no consigna ausencia de conflictos de interés
· hace 6 meses
El acta formaliza la designación de los peritos, pero el texto no consigna la declaración de ausencia de conflictos de interés que el Reglamento 52-26 exige que indique el acto de designación. Conviene verificar si esa declaración consta en el expediente y fue incorporada a la designación.
“APROBAR, como en efecto APRUEBA, la designación como miembros de la Comisión de Peritos a los señores Natalia Benita Pacheco Bautista, Encargada del departamento de Registro e Inscripción Inmobiliaria y Recuperación de Áreas Verdes de la Di” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
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