El Acta núm. 136-2026, de fecha 2026-05-08, adjudica por unanimidad a Garena, SRL, la adquisición de un ascensor de pasajeros de dos paradas para el área Materno Infantil. El monto adjudicado, con ITBIS, es RD$3,253,219.88.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (11 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Garena por RD$3,253,219.88, mientras el portal registra para Alduva una oferta de RD$2,726,290, inferior en RD$526,929.88, aunque la marca como Cargada/Pendiente. El acta no identifica a Alduva ni permite establecer si esa oferta fue evaluada o si el dato del portal está desactualizado; conviene verificar la evaluación final y el estado de ambas ofertas.
“El Comité de Compras y Contrataciones del Hospital General Docente de la Policía Nacional ADJUDICA, a la empresa detallada más abajo, por ser la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La adjudicación a Garena convierte en resultado efectivo el dato de contexto ya identificado: la actividad económica consultada en DGII el 2026-10-07 es venta mayorista de artículos de librería y papelería. Como esa consulta es posterior al proceso, no establece cuál era su actividad registrada al ofertar; corresponde verificar la actividad y calificación acreditadas en la fecha de participación.
“GARENA, SRL Ítem Cuenta Presupuesto Descripción Cant. Unidad de Medidas Precio Unitario final con Itbis Total 1 2.6.4.7.01 ASCENSOR DE PASAJEROS DOS PARADAS KOYO ELEVATOR”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Garena, SRLAdjudicataria del ascensor de pasajeros de dos paradas.
Adjudicado
Ítem 1
RD$3,253,220
Alduva Inversiones, SRLEl portal registra una oferta de RD$2,726,290 con estado Cargada/Pendiente; el acta no la identifica ni consigna el resultado de su evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona