El Acta núm. 126/2026, de 28 de abril de 2026, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica la construcción del Acueducto Jicomé al Consorcio Precon Abreu Medina por RD$178,268,211.24, con 96.00 puntos. Camilo J. Hurtado C. Ingenieros Asociados, S.R.L. quedó en segundo lugar con RD$297,000,000.00; Constructora Gacasa, S.R.L. no cumplió por la vigencia de su garantía de seriedad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica por RD$178,268,211.24, aproximadamente 8.1 % por encima del presupuesto estimado de RD$164,920,989.00 que consta en el resumen del pliego. La diferencia no demuestra que se excediera la apropiación presupuestaria ni alcanza por sí sola el supuesto de más del 25 % referido en el reglamento; se debe verificar la apropiación que respaldó la adjudicación.
“siendo el monto ofertado y por tanto el monto del contrato de RD$178,268,211.24 (Ciento Setenta y Ocho Millones Doscientos Sesenta y Ocho Mil Doscientos Once Pesos — < 6 Dominicanos con 24/100”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
La tabla registra 67 puntos técnicos y 18.01 económicos, cuya suma es 85.01, pero presenta 79.01 como puntuación final. La diferencia no cambia el primer lugar ni el segundo, pero conviene verificar el cálculo y el reporte de lugares ocupados.
“CAMILO J. HURTADO C. | 67 | 18.01 | 79.01”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
JRO Ingeniería & Servicios, S.R.L.No figura entre los tres oferentes habilitados para la apertura del Sobre B; el acta no precisa el motivo.
No habilitado
Único
—
Consorcio SopermarNo figura entre los tres oferentes habilitados para la apertura del Sobre B; el acta no precisa el motivo.
No habilitado
Único
—
Prodicon, S.R.L.No figura entre los tres oferentes habilitados para la apertura del Sobre B; el acta no precisa el motivo.
No habilitado
Único
—
Constructora Gacasa, S.R.L.El acta consigna que no cumplió porque la vigencia de la póliza de seriedad de la oferta era inferior a la requerida en el pliego.
Descalificado
Único
—
Consorcio Cobapex IngenieríaNo figura entre los tres oferentes habilitados para la apertura del Sobre B; el acta no precisa el motivo.
No habilitado
Único
—
Consorcio Precon Abreu MedinaAdjudicado por cumplir los requisitos y criterios del pliego y obtener la mayor puntuación total, 96.00 puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona