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Abriendo la ficha…

Acta · Acta 2026-16

ACTA DECLARACION DE DESIERTO LICITACION.pdf

Adquisición de Un (1) Camión Cisterna para la Pista del Hipódromo V Centenario · Comisión Hípica Nacional

Publicado el 7 may de 2026Fechado el 28 abr de 20264 páginasEn el mensaje «Declaración de Proceso Desierto: CHN-CCC-LPN-2026-0001»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CHN-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

El acta núm. 2026-16, de fecha 2026-04-29, declara desierta la licitación CHN-CCC-LPN-2026-0001 porque no se presentaron ofertas al cierre del 2026-04-28. También ordena elaborar un informe técnico sobre las posibles causas de la ausencia de oferentes antes de considerar ajustes y una eventual reapertura. El portal registra un monto estimado de RD$7,500,000.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$7.5 millones

Ausencia total de ofertas en una licitación de RD$7.5 millones

Documento del 7 may 2026 · hace 6 meses

El acta consigna que no se recibió ninguna oferta; el portal registra 4,607 proveedores notificados y una acta anterior registra que BONANZA DOMINICANA, S.A.S. manifestó interés, aunque no consta que presentara oferta. La falta de propuestas merece revisar las causas de participación limitada; el propio Comité ordenó un informe técnico para evaluarlas antes de eventuales ajustes.

“Que transcurrido dicho plazo, ninguna persona presentó ofertas para el referido procedimiento. … ORDENAR la elaboración de un informe técnico en el que se evalúen las posibles causas que incidieron en la ausencia de oferentes en el procedim” (págs. 2-4, escaneada)

Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 128 · Reglamento 52-26, art. 127 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto

Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 127 — Reapertura y ajustes al procedimiento

Artículo 127.- Reapertura y ajustes al procedimiento. En caso de reapertura del procedimiento declarado desierto, la institución contratante puede ajustar el pliego de condiciones, siempre que: 1. Se mantenga inalterado el objeto principal del contrato; 2. Los ajustes estén debidamente motivados en el informe técnico que justifique su pertinencia; y 3. Se respeten los principios de igualdad de trato, publicidad y libre concurrencia. Párrafo. En la segunda declaratoria de desierto, el expediente debe archivarse junto con el informe técnico final. En este caso, la institución contratante puede optar por realizar una reformulación sustancial del procedimiento, con nuevos pliegos y plazos…

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (9)

  • ACTA DE INICIO_027.pdfActa · 12 mar de 2026 · 1 señal
  • AUTORIZACION LEGAL.pdfAutorización · 12 mar de 2026 · 1 señal
  • CONVOCATORIA LICITACION.pdfDocumento · 12 mar de 2026
  • DESIGNACION DE PERITOS_004.pdfInforme pericial · 12 mar de 2026
  • FICHA TECNICA_013.pdfPliego · 12 mar de 2026 · 1 señal
  • Pliego CHN .pdfPliego · 12 mar de 2026 · 5 señales
  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 12 mar de 2026 · 2 señales
  • Certificado de Apropiacion Presupuestaria LPN.pdfCertificación de fondos · 12 mar de 2026
  • ACTA DE ENMIENDA.pdfEnmienda · 9 abr de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →