El Acta núm. 001/2026 autoriza iniciar la contratación simplificada de 21,900 galones de gasoil óptimo, aprueba el pliego y designa tres peritos. Registra una apropiación presupuestaria de RD$5,630,490.00, certificada el 30 de abril de 2026; según el portal, la convocatoria se publicó el 6 de mayo de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fija una apropiación de RD$5,630,490.00 y el acta de adjudicación del proceso registra ese mismo monto para El Avión Diesel, S.R.L.; el contexto indica que fue el único oferente. La coincidencia merece contrastar la oferta con la investigación de mercado y la formación del presupuesto, aunque por sí sola no demuestra una irregularidad.
“La certificación de apropiación presupuestaria de Ref. de fecha 30 de abril del año 2026 emitida por el Ministerio de Hacienda a través del Sistema de Integrado de Gestión Financiera (SIGEF), para la adquisición de 21,900 galones de gasoil ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
El acta presenta al director como presidente, «debidamente representado» por la encargada administrativa y financiera, quien también aparece como miembro; sin embargo, el director firma el acta como presidente. Conviene verificar qué asiento y voto ejerció cada persona en la deliberación y cómo se conformó el comité.
“DR. JOSE JOAQUIN PUELLO HERRERA, Director de la Ciudad Sanitaria, Presidente, debidamente representado por la Licda. JENNIFFER FELIZ HERNANDEZ, Encargada Administrativa y Financiera, Miembro;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona