El pliego del proceso MISPAS-CCC-CP-2026-0004 establece una contratación simplificada dirigida a MIPYMES para el mantenimiento preventivo y correctivo de generadores del MISPAS, con presupuesto referencial de RD$6,436,000.00 e inicio de convocatoria el 5 de mayo de 2026. Fija la recepción de ofertas para el 14 de mayo y adjudicación basada en el menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos técnicos; el pliego no consigna un adjudicatario.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El presupuesto referencial cubre el servicio preventivo y correctivo, pero el tarifario de precios unitarios que el pliego describe se limita al mantenimiento preventivo de los generadores. Para los correctivos se prevén cotizaciones posteriores sujetas a aprobación, sin que en estos pasajes se precise cómo se compararán o limitarán esos costos dentro del monto contractual; conviene verificar el mecanismo de control del gasto.
“El proveedor adjudicado deberá ejecutar los siguientes servicios en todas las unidades de generación eléctrica señaladas: • Mantenimiento preventivo completo • Mantenimiento correctivo (cuando sea requerido).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Además de exigir al menos dos experiencias de mantenimiento de generadores, el pliego requiere certificaciones satisfactorias de tres instituciones y que tengan montos similares al presupuesto del proceso, sin definir qué se considera «similar». Por el efecto habilitante y acumulativo, conviene verificar que estos requisitos sean proporcionales al objeto y no restrinjan innecesariamente la participación.
“Certificación de servicios de mantenimientos preventivos y correctivos satisfactorias de al menos tres instituciones públicas o 3. privadas y que tengan montos similares al presupuesto de este proceso”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Entre la convocatoria del 5 de mayo y el cierre del 14 de mayo median siete días hábiles. El alcance incluye mantenimiento correctivo especializado y reparaciones de generadores; si se clasifica como servicio no común ni estandarizado, la Ley establece un mínimo de diez días hábiles, por lo que conviene verificar la clasificación aplicada y el cómputo del plazo.
“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 05 … de mayo del ario 2026 4. Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica), "Sobre B" (oferta económica) 14 de mayo del ario 2026, desde la 08:00”
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Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
El pliego fija como plazo para tener inscrito el rubro comercial la fecha de adjudicación, no la presentación de ofertas. Conviene verificar cómo se aplica este momento frente a la exigencia legal de que la actividad relacionada conste en los registros del oferente y a la inscripción previa en el RPE para participar.
“El oferente debe tener inscrito el rubro señalado antes de la fecha de adjudicaci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
El pliego indica que el anticipo del 30% «podrá» otorgarse y que depende de que el adjudicatario lo requiera. La Ley dispone que las instituciones deben otorgar ese anticipo en todas las contrataciones con MIPYMES; la redacción del pliego puede generar incertidumbre sobre el acceso efectivo a ese flujo de caja.
“El anticipo que le podrá ser otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 10, que asciende a un 30% del oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor de Treinta (30) días,”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El presupuesto referencial de RD$6,436,000 está RD$757.50 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 indicado para servicios en contratación simplificada desde el 1 de abril de 2026. La modalidad corresponde al umbral, pero la proximidad hace pertinente verificar los estudios de mercado que sustentan la estimación y su actualización.
“El presupuesto base del lote para la "CONTRATACIÓN DE SERVICIO PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE GENERADORES DE LA SEDE CENTRAL Y SUS DEPENDENCIAS, DIRIGIDO A MIPYMES" corresponde con el monto de Seis Millones Cuatrocientos T”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
El pliego dispone adjudicar al menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas. Según los datos del portal, ALFIL JL GROUP y DSETA GROUP figuran con ofertas de RD$4,505,197 y RD$4,612,907, mientras el contrato registrado para Electromecánica Ariel es de RD$6,436,000; el portal mantiene las ofertas como pendientes y la de Ariel en RD$0, por lo que debe cotejarse con los informes técnicos, la evaluación económica y el acta de adjudicación antes de concluir si existe una discrepancia sustantiva.
“En este caso la entidad contratante ha seleccionado el método de adjudicación basado en el "menor precio", por lo tanto, se va a adjudicar, entre los oferentes cuyas ofertas técnicas cumplan con todos los requisitos técnicos solicitados, al”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona