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Pliego

HGENSA-CCC-CP-2026-0001 - PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

ADQUISICION DE ELEMENTOS Y GASES (OXIGENO MEDICO) · Hospital Nuestra Señora de la Altagracia

Publicado el 5 may de 202644 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HGENSA-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El pliego del proceso HGENSA-CCC-CP-2026-0001 convoca, desde el 5 de mayo de 2026, la adquisición de oxígeno médico y prestaciones relacionadas por un valor referencial de RD$5,696,789. Establece adjudicación en lote único y una vigencia contractual de seis meses; también fija requisitos de participación, evaluación, pago y formalización del contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego permite hasta 20 días hábiles para firmar el contrato

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

El pliego fija un máximo de 20 días hábiles y programa la firma para el 16 de junio, tras la notificación de adjudicación prevista para el 22 de mayo. La Ley establece que los contratos deben suscribirse en un máximo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

“El contrato entre Hospital General y de Especialidades Nuestra Señora de la Altagracia y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego … el cual no deberá ser mayor”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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A revisarHallazgo en documentos

El desempate se define por azar sin las preferencias previstas

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

El pliego dispone el sorteo como regla para resolver empates. El Reglamento establece preferencias de inclusión y sostenibilidad y prevé el azar cuando no hay ofertas con esos criterios o el pliego no establece un criterio de desempate.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá de acuerdo a el siguiente procedimiento: EI Comité de Compras y Contrataciones procederá por una … elección al azar, en presencia de Notario Público y de los”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas

Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…

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A revisarHallazgo en documentos

El plazo de pago previsto llega a 90 días

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

El pliego permite pagar hasta 90 días después de recibir la factura. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, lo que puede trasladar al proveedor un plazo de financiación mayor.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de 90 días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYMES

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige una garantía de seriedad del 1% y solo prevé que para MIPYMES sea una fianza de seguro; no las exime de presentarla. La Ley establece que a las MIPYMES no se les requiere garantía de seriedad de oferta, por lo que esta condición puede imponerles un requisito financiero de participación.

“Garantía de Seriedad de la oferta por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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No contempla la excepción fiscal para MIPYMES

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige que los oferentes estén al día con DGII y TSS sin señalar la excepción legal para MIPYMES cuyo incumplimiento no supere seis meses. La condición, tal como está redactada, puede excluir a MIPYMES que cumplen los requisitos de esa excepción.

“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Criterio económico mezcla menor costo y menor precio

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

La evaluación económica indica adjudicar por menor costo, pero el criterio de adjudicación establece menor precio. El pliego no aclara cómo se aplicaría el costo del ciclo de vida, lo que deja ambiguo el criterio económico que determinaría la oferta más conveniente.

“Posterior el criterio económico considera EL MENOR COSTO Y LA ADJUDICACIÓN SE REALIZARÁ A MENOR COSTO (artículo 74 Reglamento núm. 52-26. … en base al criterio de menor precio, conforme lo establece el artículo 121 de la Ley núm. 47-25 y el”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 120 · Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 120 — Menor costo

Artículo 120.- Menor costo. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor costo, la institución contratante adoptará como el criterio de evaluación el de menor costo atendiendo al ciclo de vida; a fin de calcular el costo del ciclo de vida, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: 1) Los costos relativos a la adquisición; 2) Los costos de utilización, como el consumo de energía y otros recursos; 3) Los costos de mantenimiento; 4) Los costos de final de vida, como los costos de recogida y reciclado; 5) Los costos imputados a externalidades ambientales vinculadas a los bienes, servicios u obras durante su ciclo de vida, bajo la condición de que su valor…

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Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

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Plazo para reabrir un proceso desierto puede ser inferior al mínimo

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

El pliego permite reabrir el procedimiento con un plazo de hasta el 50% del plazo fallido. La Ley establece un mínimo de 50%, por lo que la redacción permite fijar un plazo de presentación menor al mínimo legal.

“En la Declaratoria de Desierto, la Entidad Contratante podrá reabrirlo dando un plazo para la presentación de Propuestas de hasta un cincuenta por ciento 50% del plazo del proceso fallido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 129 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 129 — Reglas aplicables

Artículo 129.- Reglas aplicables. Ante la declaratoria de procedimiento desierto se aplicarán las reglas siguientes: 1) La institución contratante puede reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de presentación de propuestas que debe ser mínimo de un cincuenta por ciento (50%) del plazo del procedimiento inicial; 2) Al nuevo procedimiento pueden acudir los oferentes que se presentaron en el que fue declarado desierto; 3) La institución contratante puede realizar ajustes en los criterios de evaluación de los pliegos de condiciones para iniciar un nuevo procedimiento sujetándose a la presente ley y sus reglamentos de aplicación, sin que en ningún caso se cambie…

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ContextoHallazgo en documentos

Incluye un motivo abierto para declarar desierto

Documento del 5 may 2026 · hace 5 meses

Además de la falta de ofertas o de ofertas que cumplan, el pliego permite declarar desierto el proceso porque las ofertas resulten «inconvenientes» para los intereses nacionales o institucionales, sin definir en esta cláusula cómo se determinaría esa inconveniencia. La amplitud del motivo merece revisión frente a las causales previstas en la Ley.

“Por Haberse rechazado, descalificado, o porque son inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las Ofertas o la única presentada.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 128 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto

Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Air Liquide Dominicana, SASEl portal registra un contrato activo y confirmado para la empresa.AdjudicadoLote únicoRD$5,521,240

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

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  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 5 may de 2026
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  • image.pngDocumento · 25 may de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION-0001.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO NOTARIAL.pdfDocumento · —
  • CONTRATO.pdfContrato · —
  • CUOTA-00129.pdfDocumento · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION DE ADJUDICACION-0003.pdfActa de adjudicación · —
  • INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION TECNICA-0003.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —