El Acta núm. MINPRE-2026-17, de fecha 2026-04-22, adjudica a Centro Cuesta Nacional, S.A.S. la contratación simplificada para adquirir bonos, por RD$5,600,000.00, impuestos incluidos, con un descuento de 6% en vales adicionales. El acta registra una única oferta y una puntuación técnica de 70 puntos, pero contiene una discrepancia entre los 25 puntos económicos consignados en el informe y los 30 puntos usados para justificar la puntuación final de 100.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta indica que el informe económico asignó 25 puntos, pero luego fundamenta el total de 100 sumando 70 puntos técnicos y 30 económicos. La diferencia deja incierto el puntaje aplicado al adjudicatario y requiere contrastar el informe económico y el cálculo consignado en el acta.
“Centro Cuesta Nacional, S.A.S., alcanzó una calificación de 25 puntos … El informe pericial referido, evidencia que el oferente Centro Cuesta Nacional, S.A.S., alcanzó una calificación final de 100 puntos, obtenidos de la”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Reglamento 52-26, artículo 121 — Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas
Artículo 121.- Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo a los criterios de evaluación determinados en el pliego de condiciones, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas deben proceder a su evaluación y dejar constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento. Párrafo. El informe debe contener la recomendación de adjudicación y determinar la relación de lugares ocupados por cada oferta.
La relación identifica cuatro personas como miembros del Comité y presenta al director jurídico como asesor legal, sin precisar que integrara el Comité con voto. La ley establece cinco miembros, incluida la titularidad del área jurídica; conviene verificar la designación formal y la participación decisoria de ese integrante antes de confirmar la regularidad de la deliberación.
“se reunieron los miembros del Comité de Contrataciones Públicas de dicho órgano, señores: José Ismael Gómez Castaños, director de Gabinete, en su calidad de presidente designado del Comité; Jean Carlos Burgos, director Administrativo, miemb”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Centro Cuesta Nacional, S.A.S.El acta lo adjudica por haber obtenido el primer lugar; consigna 70 puntos técnicos y una puntuación económica de 30 para un total de 100, aunque también indica que el informe económico le asignó 25 puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona