Apropiación presupuestaria prevista solo para una parte del monto
· hace 5 meses
El acta consigna una previsión de apropiación por el 30% del estimado para 2026 y el traslado de los flujos restantes al presupuesto de 2027. La Ley establece que antes de iniciar el procedimiento debe existir certificación de apropiación por el monto total del egreso previsto; corresponde verificar la certificación efectiva y el respaldo presupuestario plurianual.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria al momento de publicar el presente proceso … por el 30% de la suma total estimada, para el período del año dos mil veintiséis (2026). Los flujos de pago”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
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