La Resolución CCC-2026-0085, de fecha 2026-04-28, aprueba el informe económico y adjudica la licitación PROPEEP-CCC-LPN-2026-0002. Asigna el Lote 1 a Ronel Díaz Investment, SRL por RD$9,000,000 y el Lote 2 a Nurks, SRL por RD$9,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe de evaluación ordenó los lugares del Lote 1 por el costo promedio de la cotización proforma (Ronel Díaz Investment 359.90; Anselmo Catering 367.70; Martínez Torres 477.54; Eddy Zorrilla 615.67), referencia que el pliego estableció para adjudicar por menor precio. Eddy Zorrilla Ramírez consignó el menor monto total del lote (RD$7,670,000.00, sin ITBIS RD$6,500,000.00) frente a los RD$9,000,000.00 adjudicados a Ronel Díaz Investment, y resultó cuarto; conviene verificar la coherencia entre su monto total y sus precios unitarios y cuál componente económico determinó el orden.
“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es MENOR PRECIO tomando como referencia el valor de la cotización presentada. … RONEL DÍAZ INVESTMENT, SRL 9,000,000.00 359.90 … E”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Nurks, adjudicataria del servicio de alimentación del Lote 2, aparece en la consulta de DGII del 2026-09-27 con actividad de venta al por mayor de artículos de ferretería. Como el dato registral es posterior a la adjudicación, corresponde verificar la actividad y capacidad pertinentes a la fecha del proceso, sin inferir que fueran iguales entonces.
“LOTE 2 a la empresa; NURKS, SRL por un valor de Nueve Millones de pesos dominicanos con 00/100 (RD$9,000,000.00).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Inviment Group, SRLParticipó, pero no figura entre los seis oferentes que la resolución identifica como calificados; no detalla un motivo individual.
No habilitado
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Inversiones Torridon, SRLLa resolución consigna que su oferta para el Lote 1 fue de RD$18,000,000, superior al presupuesto del lote de RD$9,000,000, y que no presentó valor para el Lote 2.
Nurks, SRLAdjudicatario del Lote 2 por recomendación del informe económico, acogida por el Comité.
Adjudicado
Lote 2
RD$9,000,000
Anselmo Catering, SRLLa resolución lo incluye entre los oferentes calificados para la evaluación económica.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$18,000,000
Eddy Zorrilla RamírezLa resolución lo incluye entre los oferentes calificados para la evaluación económica.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$15,340,000
EGC Gourmet, SRLParticipó, pero no figura entre los seis oferentes que la resolución identifica como calificados; no detalla un motivo individual.
No habilitado
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RD$15,660,000
Ronel Díaz Investment, SRLAdjudicatario del Lote 1 por recomendación del informe económico, acogida por el Comité.
Adjudicado
Lote 1
RD$9,000,000
Cantabria Brand Representative, SRLParticipó, pero no figura entre los seis oferentes que la resolución identifica como calificados; no detalla un motivo individual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona