El documento contiene el estudio previo y el informe justificativo del Requerimiento 2 para servicios de publicidad institucional, con un monto estimado de RD$2,125,000.00 y una ejecución prevista de 30 días. Recomienda contratar mediante la excepción de publicidad por selección directa y enumera proveedores y medios para el Lote 3; no es un acta de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe identifica a Cepordos Media para publicidad en Marco Noticioso. El perfil de DGII consultado el 2026-09-27 describe su actividad como representación de medios y venta de tiempo y espacios publicitarios; al ser un dato posterior al proceso, corresponde verificar si al contratar actuaba como titular del medio o como intermediario, pues la excepción requiere contratación directa con el titular.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 167 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital
Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Mencionado
Lote 3
RD$30,000
Maricela de la CruzIdentificada para publicidad digital en www.infodia.com; el informe recomienda contratarla.
Mencionado
Lote 3
RD$30,000
Telesistema DominicanoIdentificada para publicidad televisiva y digital en Telesistema; el informe recomienda contratarla.
Mencionado
Lote 3
RD$297,124
Teleantillas, SASIdentificada para publicidad televisiva y digital en Teleantillas; el informe recomienda contratarla.
Mencionado
Lote 3
RD$297,124
César Augusto Montesino (Telerevista)Identificado para publicidad televisiva en Telerevista; el informe recomienda contratarlo.