La Resolución núm. MIVHED/CCP/2026/063, de 2026-04-30, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso MIVHED-CCC-CP-2026-0004, estimado en RD$6,339,460.00. Exime a las MIPYMES de presentar garantía de seriedad de la oferta y cambia en una sección la fecha de vigencia de esa garantía del 24 de agosto al 31 de julio de 2026. Ordena publicar la resolución en el portal institucional y en el SECP.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Sección I, numeral 11.2, inciso d; numeral 11.2.1, Sobre B; y numeral 12.1.4Garantía de seriedad de la oferta para MIPYMES | Se exigía a los oferentes una garantía de seriedad equivalente al 1% del monto ofertado, sin excepción expresa para MIPYMES. | Se establece que las MIPYMES no presentan garantía de seriedad de la oferta, citando el artículo 175.2 de la Ley 47-25. | Relaja |
| Numeral 12.1.4, metodología y criterios de evaluación de oferta económicaVigencia de la garantía de seriedad | La garantía debía estar vigente hasta el 24 de agosto de 2026 inclusive. | La garantía debe estar vigente hasta el 31 de julio de 2026 inclusive; el numeral 11.2.1 ya indicaba esa misma fecha. | Relaja |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona