El Comité de Contrataciones Públicas del Ministerio de Educación aprobó por unanimidad, el 30 de abril de 2026, la Enmienda I del proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0002, manteniendo la modalidad de Licitación Pública Nacional. La enmienda modifica el numeral 12 del pliego sobre subcontratación: fija límites de hasta 45% (50% cuando se subcontrate con MIPYMES) e incorpora la identificación de los bienes y subcontratistas, además de la responsabilidad solidaria del contratista.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 12, SubcontrataciónLímites, identificación de subcontratistas y responsabilidad | La redacción anterior del numeral 12 no se transcribe en el acta. | Permite subcontratar hasta 45% del monto de las tareas, o 50% cuando sean MIPYMES; exige identificar en la oferta los bienes y subcontratistas, que no podrán estar inhabilitados, y establece responsabilidad solidaria del contratista. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona