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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES CONSULTOR PEI - 28 de abril 2026 FINAL 123.pdf

Contratación de servicios de consultoría para la formulación del Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Hacienda y Economía. · Ministerio de Hacienda

Publicado el 29 abr de 202649 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINISTERIO HACIENDA-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El pliego de abril de 2026 establece una Contratación Simplificada para consultoría del Plan Estratégico Institucional, con ofertas previstas para el 8 de mayo y una ejecución de ocho meses. Según el portal, el monto estimado es RD$5,000,000; el pliego prevé pagos por productos, cada uno descrito con un porcentaje del 20%.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Requisito fiscal sin excepción expresa para MIPYMES

Documento del 29 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego exige a los oferentes una certificación que acredite estar al día con las obligaciones fiscales. La Ley permite a las MIPYMES participar con obligaciones fiscales o de seguridad social pendientes por un período de hasta seis meses; exigir cumplimiento corriente sin reconocer esa excepción podría excluir a empresas elegibles bajo esa regla.

“Copia de la Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), con un mínimo de treinta (30) días de emisión, donde se evidencia que el oferente se encuentra al día con sus obligaciones fiscales.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Indicadores financieros sin umbrales de cumplimiento especificados

Documento del 29 abr 2026 · hace 5 meses

El pliego indica que se verificarán indicadores como solvencia y endeudamiento, pero el texto citado no establece valores mínimos, fórmulas ni reglas para determinar el cumplimiento. Esa falta de parámetros explícitos puede dejar incertidumbre sobre cómo se calificará la capacidad financiera de los oferentes.

“Presentar dos (2) Estados Financieros comparativos de los dos últimos ejercicios fiscales consecutivos, certificados por una firma de auditores o por un contador público autorizado (CPA) donde se verificarán los indicadores financieros que ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (19)

  • APROPIACION CONSULTORIA PEI.pdfCertificación de fondos · 9 mar de 2026 · 1 señal
  • INFORME JUSTIFICATIVO CONSULTORIA PEI.pdfInforme justificativo · 9 mar de 2026
  • RECOMENDACION PERITOS CONSULTORIA PEI.pdfInforme pericial · 9 mar de 2026
  • REQUERIMIENTO CONSULTORIA PLAN ESTRATEGICO.pdfDocumento · 9 mar de 2026
  • SOLICITUD AUTORIZACION INICIO PROCESO - CONSULTORIA PEI.pdfAutorización · 9 mar de 2026
  • SOLICITUD CONSULTORIA PEI.pdfSolicitud de compra · 9 mar de 2026 · 1 señal
  • Estudio de previo - Consultoria PEI.pdfEstudio previo · 9 mar de 2026 · 1 señal
  • Convocatoria 2026 CONSULTORIA.pdfDocumento · 28 abr de 2026
  • TDR.pdfPliego · 28 abr de 2026 · 3 señales
  • PLIEGO DE CONDICIONES CONSULTOR PEI - 28 de abril 2026 FINAL yms 1103_rv DJ.docx.pdfPliego · 6 may de 2026 · 2 señales
  • Circular de respuesta a los oferente.pdfCircular · 6 may de 2026 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION DE ADJUDICAICON.pdfActa de adjudicación · 17 jun de 2026 · 2 señales
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  • INFORME CONSOLIDADO DE EVALUACION DEFINITIVA.pdfInforme de evaluación · —
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