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Abriendo la ficha…

Pliego

1_6._CM-2026-0041_Pliego_de_Bases_-_Compra_Menor_Obra_2_.pdf

Contratación de ejecución de obras readecuaciones oficinas provinciales y municipales a nivel nacional. · Ministerio de Medio Ambiente

Publicado el 28 abr de 202645 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIMARENA-DAF-CM-2026-0041

Lo que dice

El pliego establece las bases de la contratación de readecuaciones de oficinas en seis lotes, con convocatoria el 28 de abril de 2026 y un valor estimado que suma RD$42,312,041.18 según los montos por lote. La ficha del proceso indica modalidad de Contratación Menor, pero el pliego también dispone que sea exclusivamente para MIPYMES, a diferencia del dato del portal que lo marca como no reservado. El documento prevé un anticipo de 30% para MIPYMES y declara que al inicio solo estaría apropiado el 20% del monto estimado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$42.3 millones

El pliego prevé iniciar con solo 20% del monto estimado apropiado

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego estima RD$42,312,041.18 al sumar los seis lotes, pero indica que al lanzamiento solo se apropiaría el 20% y que el 80% restante estaría disponible al emitirse la cuota compromiso. La Ley 47-25 exige certificación de apropiación por el monto total del egreso previsto antes de iniciar el procedimiento; corresponde verificar cómo se respaldó el monto completo.

“El proceso será lanzado con una apropiación presupuestaria del 20% de monto total estimado del proceso, correspondiente a la estimación de pago de anticipo. Esto acogiéndose a lo establecido en la circular conjunta DIGREPRES-DGCP del once (” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria

Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…

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A revisarHallazgo en documentos

Penalidad por retraso y constitución automática en mora merecen revisión

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego fija una penalidad del 15% de la última cubicación y establece que la mora se produce por el vencimiento del plazo sin requerimiento. La fórmula podría superar el límite legal del 10% por penalidad individual, según el valor de esa cubicación; además, la ley prevé que la institución ponga en mora al proveedor antes de aplicar penalidades por demora.

“se le aplicará una penalidad de un 15% del monto total de la última cubicación en beneficio del MMARN, como justa indemnización por daños y perjuicios ocasionados al ministerio.” (pág. 45)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora

Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…

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Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso

Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.

A revisarHallazgo en documentos

Inconsistencia sobre si el proceso está reservado exclusivamente a MIPYMES

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego dice que la convocatoria está dirigida exclusivamente a MIPYMES, mientras que la ficha del portal indica «Reservado a MIPYMES: no». La diferencia puede cambiar quiénes pueden participar y requiere comprobar cuál condición rigió en la convocatoria y cómo se comunicó a los proveedores.

“Dirigido exclusivamente a MiPymes” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Ley 47-25, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 99 — Informaciones en la convocatoria

Artículo 99.- Informaciones en la convocatoria. Con la convocatoria deberán hacerse disponibles las informaciones siguientes: 1) La modalidad de la convocatoria, en tanto sea nacional o internacional; 2) Identificación de la institución que convoca; 3) Objetivo de la contratación, indicando la descripción, cantidad y el lugar de entrega de los bienes a suministrarse o la descripción y ubicación de las obras que hayan de efectuarse o la descripción de los servicios requeridos; 4) El procedimiento de selección; 5) El lugar o medio para obtener el pliego de condiciones, que debe ser gratuito; 6) La fecha y hora límite, y el lugar o medio previsto para la presentación de propuestas; 7) La…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia podrían restringir la participación por lote

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

Para cada lote se exige que la empresa tenga al menos cinco años de experiencia y que acredite proyectos del mismo rubro de magnitud igual o superior al monto de la contratación; ambos requisitos son no subsanables. Dado que los lotes tienen valores estimados de aproximadamente RD$4.0 a RD$10.8 millones, conviene verificar que estas exigencias estén justificadas y sean proporcionales a las obras de readecuación.

“La compañía deberá tener un mínimo de cinco (5) años de experiencia. Deberá adjuntar la documentación que acredite experiencia en este tipo de proyecto, de igual o mayor magnitud.” (pág. 13)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Adjudicación descrita como lote único pese a que el pliego establece seis lotes

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

Una sección indica adjudicación por «lote único», pero el pliego desglosa seis lotes y más adelante dispone adjudicar por lote. La contradicción deja incierto si se adjudicaría un único conjunto o cada lote por separado, con efecto potencial en la preparación de ofertas y en la distribución de adjudicaciones.

“y la adjudicación será por lote único, a favor del Oferente que presenten la propuesta que mejor cumpla con el presente Pliego de Condiciones Específicas para Contratación de servicios y las especificaciones requeridas, calidad en la presen” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación

Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (10)

  • Especificaciones Técnicas por Lote.zipPliego · 28 abr de 2026
  • Partidas Presupuestarias por Lote.zipDocumento · 28 abr de 2026
  • Planos por Lote.zipDocumento · 28 abr de 2026
  • 2. Requerimiento No. MMARN-INT-2026-03213.pdfDocumento · 28 abr de 2026
  • 4. Solicitud de Compras 109-2026.pdfSolicitud de compra · 28 abr de 2026 · 2 señales
  • 1- No Objeccion Remozamiento Provinciales.pdfAutorización · 28 abr de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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