El Acta de Adjudicación No. 0013-2026, de fecha 2026-04-23, adjudica la gestión de eventos del proceso INEFI-DAF-CM-2026-0013 a SGSIGN DEPOT SRL por RD$1,625,000.00, aplicando el criterio de menor precio. Registra como habilitadas a SGSIGN DEPOT SRL, Stage Visual Sound SVS, SRL y Juan Mendez, SRL; excluye a Duma Group SRL por considerar su oferta temeraria, aunque era la más baja, por RD$1,210,090.00.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (22 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Duma Group SRL ofertó RD$1,210,090, la menor propuesta, y fue excluida aplicando un umbral del 15% atribuido a la resolución PNP-04-2024; la adjudicación resultante fue por RD$1,625,000. Para un proceso convocado en 2026, corresponde verificar que el umbral aplicado también estuviera definido en el pliego, como requiere el Reglamento 52-26, y que se agotara el análisis previsto para ofertas presuntamente anormalmente bajas.
“Tras el análisis técnico de la propuesta, se ha determinado que la oferta es inferior en más de un [15%] en comparación con el mercado o el presupuesto base, conforme a la resolución PNP-04-2024.” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El acta corresponde a una contratación de gestión de eventos; el PAC informado contiene cuatro renglones del mismo tipo por RD$1,850,000 cada uno, con inicios previstos entre enero y octubre. El proceso de abril y otras compras de eventos registradas en el portal durante el período justifican verificar si son necesidades separadas o si debieron planificarse de forma agregada; el documento no establece por sí solo un fraccionamiento, y las fechas del PAC podrían responder a eventos distintos.
“para la " SOLICITUD DE GESTIÓN DE EVENTOS (EXCLUSIVAMENTE PARA MIPYMES)".” (pág. 1, escaneada)
Artículo 5.- Definiciones. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por las definiciones siguientes: 1) Adjudicación: Es el acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación fijados en un procedimiento de contratación pública. 2) Bienes: Son los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda…
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Según la consulta DGII proporcionada, de 2026-10-18 la actividad registrada de SGSIGN DEPOT SRL es venta al por mayor de aberturas, mientras que el objeto adjudicado es gestión de eventos. Ese dato es posterior al proceso y no demuestra cuál era su actividad al presentar oferta; conviene verificar la actividad registrada y la capacidad pertinente en la fecha de la contratación.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Una sección vincula la actividad preferida al código 80141607, gestión de eventos, mientras que la tabla de elegibilidad consigna 80140000, comercialización y distribución. Aunque ambas redacciones usan “preferiblemente”, la divergencia dificulta identificar qué actividad se verificó de forma uniforme para la contratación.
“Constancia del Registro de Proveedores del Estado (RPE) emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) activo con actividad comercial […], por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial…” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego exige la certificación MIPYME del MICM con la salvedad «(si aplica)» en un proceso reservado exclusivamente a MIPYMES, lo que deja condicional la comprobación del estatus que sustenta la reserva. Según el registro de proveedores, los cuatro oferentes, incluida la adjudicataria SGSIGN DEPOT SRL, figuran con condición MIPYME, por lo que no se evidencia efecto en el resultado; conviene verificar la certificación presentada al ofertar.
“Certificación MYPIMES vigente en el Ministerio de Industria, Comercio y Mypimes (MICM) que avale su estatus. (si aplica)” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…