Referencias internas mezclan modalidades y umbral de obras
· hace 5 meses
El acto finalmente aprueba una Licitación Pública Nacional, pero en sus antecedentes describe borradores como Contratación Simplificada y Comparación de Precios, y cita como umbral de licitación pública el correspondiente a obras aunque el objeto son bienes. El monto de RD$45,043,656.64 supera el umbral de bienes informado para 2026, por lo que la modalidad aprobada resulta compatible con ese umbral; la discrepancia merece revisar la trazabilidad de la motivación y del pliego sometido a aprobación.
“Que, para los casos de obras, la Resolución núm. PNP-03-2026, determina que un procedimiento de Licitación Pública sería a partir de un ntonto RD$6,436,757.51, en adelante … el borrador del pliego de condiciones del procedimiento por”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 24 · Ley 47-25, art. 59 · Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
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