El Acta FRDV-ADEN-024-2026, fechada el 24 de abril de 2026, aprueba cambios al pliego para la subasta inversa de tickets de combustible, manteniendo el monto total de RD$40,000,000. Incorpora tickets de RD$2,000, hace subsanable la declaración de oferta libre de colusión y elimina el anticipo del 30% previsto bajo la premisa de que el proceso estaba dirigido a MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra la última enmienda el 29/04/2026 y mantiene el cierre de ofertas para el 01/05/2026. Si ese registro corresponde a esta enmienda, se publicó a dos días del cierre y después del 75% del plazo transcurrido; el artículo 104 exige ampliar proporcionalmente el plazo y permitir preguntas sobre los aspectos modificados cuando el cambio ocurre después de ese punto.
““DE AHORA EN ADELANTE SE LEERÁ DE LA MANERA SIGUIENTE: (cambios en negritas)””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de exigir que la certificación sobre autenticidad y ausencia de prácticas colusorias esté presentada con la oferta económica; ahora puede aportarse mediante subsanación..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El acta elimina la cláusula del anticipo porque describía el proceso como dirigido a MIPYMES, aunque el portal indica que no estaba reservado a ese segmento. La ley dispone el anticipo del 30% para todas las contrataciones con MIPYMES; si una MIPYME resultaba adjudicataria, la supresión de esta previsión podía afectar ese beneficio y merece verificarse frente al texto final del pliego y del contrato.
““Por tratarse de una contratación dirigida a MIPYMES, la institución otorgará un anticipo del treinta por ciento (30 %) del monto adjudicado.” … “TERCERO: Conocer y decidir sobre la eliminación del párrafo 2 de la página 36””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Sección I, numeral 12.2.1, oferta económica “Sobre B”Subsanabilidad de la declaración de oferta libre de colusión
La declaración jurada o certificación de oferta libre de colusión se indicaba como “No Subsanable”.
La declaración jurada o certificación de oferta libre de colusión pasa a indicarse como “Subsanable”.
RelajaQuita un control: Debilita el control de exigir que la certificación sobre autenticidad y ausencia de prácticas colusorias esté presentada con la oferta económica; ahora puede aportarse mediante subsanación.
Sección I, numerales 6 y 8Denominaciones de los tickets de combustible
Se enumeraban tickets de RD$100, RD$200, RD$500 y RD$1,000.
Se añade la denominación de RD$2,000 a la lista; el monto total continúa siendo RD$40,000,000.
Neutral
Sección III, numeral 11, condiciones de pago y retencionesAnticipo previsto para contratos dirigidos a MIPYMES
El pliego preveía un anticipo del 30% del monto adjudicado, pagadero contra garantía de buen uso del anticipo.
Se elimina el párrafo del anticipo y la garantía asociada, sin incluir esa previsión en el texto revisado de las condiciones de pago.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona