La Enmienda núm. I al proceso ETED-CCC-LPN-2026-0005 fue emitida el 23 de abril de 2026. Modifica la lista de documentos del Sobre B, donde ya no aparece expresamente la garantía de seriedad de la oferta, y establece un anticipo de 30% para la adjudicataria que sea MIPYME, frente al 20% general.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se omite de la lista expresa el documento que respaldaría la seriedad de la oferta; la referencia fragmentaria posterior a una garantía deja incierto si el requisito sigue aplicando..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Sección I, numeral 11.1 — documentos de la oferta económica Sobre BGarantía de seriedad de la oferta
La lista de documentos del Sobre B incluía el formulario de oferta económica y la garantía de seriedad de la oferta.
La lista modificada solo menciona el formulario. En la página siguiente aparece un fragmento de tabla que alude a una garantía expedida por aseguradora o bancaria, por lo que el alcance de la omisión no queda claro.
RelajaQuita un control: Se omite de la lista expresa el documento que respaldaría la seriedad de la oferta; la referencia fragmentaria posterior a una garantía deja incierto si el requisito sigue aplicando.
Sección III, numeral 6 — anticipo y garantía de buen uso de anticipoAnticipo para adjudicatarias MIPYME
El anticipo previsto era de 20% del valor total.
Si la adjudicataria está clasificada como MIPYME, el anticipo será de 30%; se mantiene el 20% general para las demás adjudicatarias.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona