El Acta núm. 21-2026, de 2026-04-17, aprueba el informe económico y adjudica a UVRO Soluciones Empresariales, S.R.L. el servicio de transporte por 12 meses por RD$25,320,000. La decisión se basa en que UVRO fue habilitada para la apertura económica; las otras dos oferentes no quedaron habilitadas según los resultados previos del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que solo UVRO fue habilitada y que se abrió la propuesta económica del oferente que superó la primera etapa. Aunque hubo tres participantes, la adjudicación de RD$25,320,000 se decidió con una sola oferta económica habilitada, por lo que conviene revisar la competitividad del precio; esto no demuestra por sí solo una irregularidad.
“fue habilitado para la apertura de la oferta económica “Sobre B”, el oferente: UVRO Soluciones Empresariales, S.R.L.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
El 1% de RD$25,320,000 es RD$253,200; la garantía registrada es RD$272,000, una diferencia de RD$18,800. La suma supera el porcentaje indicado, sin que el acta explique el cálculo; se señala para verificar la base usada y el tratamiento uniforme de las garantías.
“presenta una garantía de seriedad de la oferta de MIDAS Seguros, S.A., por un monto de RD$272,000.00 (Doscientos Setenta y Dos Mil pesos dominicanos con 00/100)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
R & C Bratini Excursiones, S.R.L.No presentó la Licencia de Operación de Transporte de Personal y/o Empresarial vigente emitida por el INTRANT; presentó una solicitud de licencia.
No habilitado
Ítem único
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Caribe Tours, S.A.La evaluación financiera reportó índice de liquidez de 0.23, frente al mínimo de 1.0, e índice de endeudamiento de 5.43, frente al máximo esperado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona