La Circular núm. 0001, fechada el 24 de abril de 2026, responde consultas de interesados sobre la contratación de obras para el CEIA-RD y comunica que el plazo de ofertas fue extendido mediante la Enmienda 02 hasta el 27 de abril. También informa que se anexan los planos existentes y precisa aspectos técnicos, pero señala que algunos diseños o definiciones se suministrarán o determinarán posteriormente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular está fechada el 24 de abril, pero fija la visita para el 22 de abril. Además, el resumen del acta de enmienda 02 registra una visita para el 20 de abril a las 11:30; la diferencia merece verificarse porque puede afectar el acceso de los interesados a la visita técnica.
““24 de abril de 2026” … “Se fija como fecha establecida para la visita técnica el miércoles 22 de abril a las 02:00 pm con el Ing. Abner Baez”” (pág. 1, escaneada)
La circular indica que el diagrama de fuerza se suministrará posteriormente, que los planos eléctricos serán asignados por la administración del parque y que la distribución del sistema de tierra se decidirá durante la ejecución. Estas definiciones pueden incidir en la estimación comparable de costos y trabajos; conviene verificar cuándo estuvieron disponibles para todos los interesados.
““El diagrama de fuerza le será suministrado.” … “En virtud de que el parque cibernético opera bajo el sistema de una zona franca, los planos eléctricos serán asignados por la administración del parque cibernético.” … “Esto se determinará en” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Oferentes que registra (3)
3 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Oferente 1Identificado como interesado que formuló consultas; el documento no consigna estado de oferta.
Mencionado
—
—
Oferente 2Identificado como interesado que formuló consultas; el documento no consigna estado de oferta.
Mencionado
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—
Oferente 3Identificado como interesado que formuló consultas; el documento no consigna estado de oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona