El pliego establece una contratación de servicios de alimentación, estaciones líquidas y refrigerios dirigida a MIPYMES, con presupuesto referencial de RD$6,436,757.50 y adjudicación por mejor relación calidad-costo. El cronograma fija la convocatoria para el 23 de abril de 2026 y la recepción de ofertas para el 1 de mayo; el documento divide el objeto en dos lotes, aunque el portal indica que no es por lotes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego establece pagos dentro de un máximo de 60 días desde la remisión de las facturas. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que el plazo consignado puede diferir del límite legal aplicable.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de sesenta días (60) contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Aunque el pliego asigna 20 puntos a la oferta económica y adjudica por mejor relación calidad-costo, el desglose visible distribuye esos puntos entre la presentación del formulario, la garantía cuando aplique y la declaración de oferta libre de colusión, sin exponer una fórmula o ponderación del precio ofertado. Debe verificarse cómo se comparan los precios y se calcula el puntaje económico.
“El puntaje máximo asignado a la oferta económica es de 20 puntos. … 10 puntos Formulario de oferta económica {SNCC.F.033).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 119 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 119 — Mejor relación calidad-costo
Artículo 119.- Mejor relación calidad-costo. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir de la mejor relación calidad- costo, la institución contratante podrá establecer una pluralidad de criterios de evaluación de tipo cualitativo y económico, fijando el valor ponderado de cada uno. Párrafo I.- En los criterios cualitativos podrán incluirse aspectos medioambientales y sociales vinculados al objeto del contrato. Párrafo II.- En los contratos de consultoría y de servicios profesionales la experiencia deberá ser ponderada como criterio de evaluación y la ponderación de la oferta económica no podrá superar el treinta por ciento (30%) de la puntuación total.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego va del aviso del 23 de abril a la recepción el 1 de mayo de 2026, con cinco días hábiles completos antes del cierre. Si, por sus menús, muestras, visita a cocinas y degustación, el servicio se considera no común ni estandarizado, la Ley fija un mínimo de diez días hábiles para contratación simplificada; conviene verificar la clasificación aplicada.
“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional jueves 23 de abril del año 2026. … Hasta el viernes 1 de mayo del 2026, desde las 8:00 a.m. hasta las 10:00, a.m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · Ley 47-25, art. 65 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Artículo 65.- Contratación simplificada. La contratación simplificada es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni estandarizados, así como obras no complejas y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda el umbral establecido.
El pliego fija un mínimo de 35 puntos para habilitarse a la degustación, pero la tabla de la visita a cocinas asigna un máximo total de 25. Aplicado literalmente, el umbral no puede alcanzarse y podría impedir que cualquier oferente avance a la siguiente etapa.
“Para los oferentes quedar habilitados para la presentación de la degustación, debe obtener calificación mínima de 35 puntos en la evaluación que se realizara en la visita de inspección a las cocinas. … Total: 25 puntos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego asigna RD$3,218,378.75 a cada uno de dos lotes y dispone adjudicación por lotes completos; el portal registra el proceso como no lotizado. Los dos contratos del portal, cada uno por RD$3,218,379, coinciden aproximadamente con esos importes por lote, por lo que debe verificarse la consistencia de la publicación y la trazabilidad de la adjudicación.
“LOTEL Servicio de catering a requerimiento según ficha técnica 3,218,378.75 … Servicio de alimentos preempacados … 3,218,378.75”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 31 · Ley 47-25, art. 179 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 31 — Transparencia y publicidad de las actuaciones
Artículo 31.- Transparencia y publicidad de las actuaciones. Todos los procedimientos de contratación pública deberán efectuarse en un marco de transparencia plena que garantizado por la supervisión institucional y la fiscalización de la sociedad. Párrafo.- Los funcionarios y servidores públicos que deliberadamente incumplan las reglamentaciones de publicidad y acceso a las informaciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y demás normativas, se harán sujetos de las sanciones disciplinarias o penales que correspondan.
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
La sección particular fija tres meses de ejecución, mientras que las disposiciones contractuales establecen una vigencia de un año. La diferencia puede afectar la interpretación del período de prestación y la planificación de entregas a requerimiento.
“El tiempo de ejecución de los servicios contratados será de tres (3) meses, contados a partir de la suscripción del contrato y/o hasta agotar la totalidad de los servicios … La vigencia del contrato será un (1) año, a partir de la fecha de ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
El pliego exige experiencia mínima de dos años en el mismo objeto y, entre otros medios, dos vehículos cerrados y tres refrigeradores, además de cocina propia o alquilada. Son condiciones verificables, pero su efecto acumulado sobre la participación de MIPYMES merece revisión a la luz del alcance y valor de cada lote.
“Presentar una (3) copia de contrato u Orden de compra que evidencien una experiencia mínima de dos años, con el mismo objeto de contratación … Cuenta con al menos dos vehículos cerrados para distribución de los alimentos … Cuenta con al men”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona