El Comité de Contrataciones Públicas de EDENORTE adjudicó el 22 de abril de 2026 a S & P Comunicaciones, S.R.L. el servicio de mantenimiento de repetidoras por RD$13,350,000.00, impuestos incluidos, mediante excepción por proveedor único. El acta refiere como fundamento la exclusividad alegada del proveedor, sus credenciales y la disponibilidad de terrenos y puntos estratégicos. También indica vías de impugnación administrativa y judicial.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una cotización y una adjudicación por RD$13,350,000.00; el portal indica el mismo monto como estimado y registra a S & P como única oferente. En una selección por proveedor único no hay comparación competitiva de precios, por lo que la coincidencia merece contrastarse con el análisis de mercado y de razonabilidad del precio; por sí sola no demuestra una irregularidad.
“En fecha dieciocho (18) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), S&P COMUNICACIONES, S.R.L, presentó la cotización del servicio por un monto total de TRECE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
El acta afirma que S & P es propietaria de los terrenos de las repetidoras, pero también refiere un contrato de arrendamiento entre un tercero y la empresa. La diferencia importa porque la disponibilidad de esos puntos se usa como parte del fundamento de la excepción; conviene verificar la titularidad y el alcance del arrendamiento.
“S & P COMUNICACIONES, S.R.L, cuenta con la certificación oficial de Motorola Solutions como partner Platinum autorizado y es la única propietaria de los terrenos donde están instaladas las estaciones repetidoras… Conforme al Contrato de Arr”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 166 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
La resolución indica que, tras la reconsideración, la apelación se presenta ante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. La Ley establece que el recurso jerárquico impropio se interpone ante la Dirección General de Contrataciones Públicas; la referencia del acta puede generar incertidumbre sobre el órgano competente para conocerlo.
“la presente Resolución puede ser recurrida de manera administrativa ante el órgano emisor y luego en apelación por ante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), dentro de los plazos previstos en el artículo 204 y siguientes”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 207 · Ley 47-25, art. 210 · con ChatLeyes
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Ley 47-25, artículo 210 — Carácter optativo de los recursos administrativos
Artículo 210.- Carácter optativo de los recursos administrativos. Los recursos administrativos previstos en la presente ley tendrán carácter optativo, por lo que el interesado podrá en todo caso acudir directamente a la vía contenciosa administrativa. Párrafo.- La elección de la vía jurisdiccional hará perder la administrativa; pero la interposición del recurso administrativo no impedirá desistir del mismo en cualquier estado a fin de promover la vía contenciosa, ni impedirá que se interponga el recurso contencioso administrativo una vez resuelto el recurso administrativo o transcurrido el plazo para decidir.
S & P Comunicaciones, S.R.L.Adjudicada por excepción de proveedor único; el acta consigna que cumplió con las credenciales y especificaciones requeridas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona