El Comité de Compras y Contrataciones del Servicio Nacional de Salud aprobó los informes de evaluación y adjudicó a Serviamed Dominicana, SRL, los lotes 1 y 2 del proceso SNS-CCC-LPN-2025-0006. El monto adjudicado fue RD$4,871,040.00, correspondiente a 14,400 y 9,600 cajas de guantes, respectivamente; el acta se levantó el 6 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una oferta de Serviamed por RD$4,871,040, mientras el portal la presenta como RD$0 y pendiente; el contrato registrado en el portal sí coincide con el monto adjudicado. La discrepancia entre el dato de oferta y el de adjudicación requiere conciliación del expediente electrónico.
“CONSIDERANDO: Que la empresa SERVIAMED DOMINICANA, SRL, presentó su oferta por un monto total de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUARENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$4,871,040.00) y la garantía de seriedad de oferta corres”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta de adjudicación consigna la oferta de RD$2,435,520 a nombre de CEM Caribbean Equipment Medical, SRL, mientras el portal registra ese mismo monto a Caribbean Integrated Solutions, SRL; los otros tres oferentes coinciden en ambos registros. La coincidencia exacta del monto sugiere que se trata de la misma oferta, pero conviene verificar en el expediente la identidad del oferente. La discrepancia no afecta el resultado: la adjudicación recayó en Serviamed Dominicana, SRL.
“Que las empresas SERVIAMED DOMINICANA, SRL, CEM CARIBBEAN EQUIPMENT MEDICAL, SRL, ARGOS FARMACÉUTICA, SRL Y HOSPIFAR, SRL, resultaron habilitadas para la Apertura y Lectura de las Propuestas económicas "Sobre B”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona