La resolución de 20 de abril de 2026 modifica el pliego del proceso AMVH-CCC-CP-2026-0001: incorpora un perito financiero, fija como monto oficial RD$6,018,400.00 y actualiza la referencia del proceso y la vigencia de la garantía. También incorpora la declaración de oferta libre de colusión, armoniza las reglas de subcontratación y agrega el modelo de contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra la publicación de la enmienda el 21/04/2026 y el cierre de ofertas el 22/04/2026. La resolución añade un requisito obligatorio al Sobre B y el modelo de contrato; el cronograma aportado no registra una extensión del cierre. La enmienda está fechada el 20/04, pero su publicación registrada deja un día hasta el cierre, por lo que corresponde revisar si hubo tiempo suficiente para preparar o ajustar las ofertas y si se extendió el plazo conforme a la complejidad de los cambios.
“En Villa Hermosa, reunidos los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, a los Veinte (20) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026 … Las presentes enmiendas serán publicadas conforme a la Ley 47-25 y su”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La enmienda fija el monto oficial en RD$6,018,400.00, mientras que el portal registra un monto estimado de RD$5,892,540.00; este último coincide con el monto del contrato y la adjudicación registrados. La diferencia de RD$125,860.00 amerita verificar la trazabilidad del valor estimado actualizado; podría tratarse de un dato del portal que refleja el monto adjudicado y no el estimado.
““Segundo: SE ESTABLECE como monto oficial RD$6,018,400.00 y se unifica en todos los documentos.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona