El informe técnico pericial, fechado el 12 de febrero de 2026, recomienda tramitar por exclusividad competitiva la adquisición de bonos canjeables para colaboradores y propone invitar a cuatro cadenas, además de otras que acrediten los requisitos, sin exceder cinco proveedores. El portal registra un monto estimado de RD$12,000,000 y posteriormente el proceso fue cancelado; el informe no consigna un monto propio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recomienda vales para actividades de reconocimiento y menciona celebraciones del Día de las Madres y del Día de los Padres. El Decreto 51-26 condiciona los gastos por obsequios o bonos a autorización expresa del Ministro Administrativo de la Presidencia; el informe no la consigna, por lo que corresponde verificarla en el expediente.
“En el marco de las celebraciones del Día de las Madres y del Día de los Padres, así como en el apoyo a ios colaboradores con hijos en edad escolar, estos bonos representan un incentivo tangible que reconoce el esfuerzo y compromiso de los e”
Qué dice la ley: Decreto 51-26, art. 10 · con ChatLeyes
Decreto 51-26, artículo 10
ARTÍCULO 10. Quedan prohibidos, salvo autorización expresa del Ministro Administrativo de la Presidencia, los compromisos de gastos originados por los conceptos siguientes: a) Fiestas, agasajos, recepciones, celebraciones u otras actividades de similar naturaleza, con excepción de las que realicen la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo en honor a jefes de Estado, ministros, delegaciones oficiales o personalidades del mundo político, cultural, científico o comercial de otros países que visiten la República Dominicana. b) Donaciones o contribuciones en provecho de terceros o servidores públicos, salvo que las mismas formen parte del…
El informe afirma que realizó un levantamiento y limita a cinco el universo idóneo, pero no identifica las fuentes concretas, resultados o evidencias técnicas que sustentan esa conclusión. El Reglamento requiere que el informe justificativo incluya pruebas o evidencias; podría existir documentación de respaldo en otra parte del expediente, por lo que procede verificarla.
“Conforme al levantamiento de mercado realizado (revisión de cadenas por departamentos y consulta en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas - SECP / Portal Transaccional), se verificó la oferta de proveedores con presencia”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Reglamento 52-26, artículo 161 — Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad
Artículo 161.- Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad. En los casos de contrataciones de bienes o servicios que, por su especialidad, solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores, que en ningún caso puede ser superior a cinco (5), se aplican las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. Se invita directamente a los proveedores que pueden satisfacer de manera exclusiva las prestaciones contractuales requeridas,…
Oferentes que registra (4)
4 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Centro Cuesta Nacional, SASEl informe la identifica entre los proveedores que cumplen los criterios técnicos mínimos y recomienda invitarla; el portal registra una oferta pendiente.
Mencionado
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RD$12,000,000
Grupo Ramos, S.A. (Multicentro La Sirena)El informe la identifica entre los proveedores que cumplen los criterios técnicos mínimos y recomienda invitarla; el portal registra una oferta pendiente.
Mencionado
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RD$12,000,000
Plaza LamaEl informe la identifica entre los proveedores que cumplen los criterios técnicos mínimos y recomienda invitarla.
Mencionado
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Grupo Olé / Hipermercados OléEl informe la identifica entre los proveedores que cumplen los criterios técnicos mínimos y recomienda invitarla.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona