Fundamento legal citado no corresponde a la subasta inversa
· hace 6 meses
El acta atribuye al artículo 65 una definición de subasta inversa que no coincide con el texto legal: ese artículo regula la contratación simplificada, mientras que el artículo 63 contempla la subasta inversa para bienes comunes y estandarizados sin límite de valor. El monto estimado supera el umbral de RD$6,436,757.51 aplicable desde el 01/04/2026 a bienes y servicios, aunque la subasta inversa no tiene umbral; conviene verificar que la aprobación se sustentó en la regla y en la naturaleza del objeto correctas.
“POR CUANTO: A que la referida Ley, en su Artículo 65, establece que: “Subasta Inversa Electrónica. el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni est”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 63 · Ley 47-25, art. 58 · Ley 47-25, art. 65 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 63 — Subasta inversa
Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…
Ley 47-25, artículo 58 — Selección por la naturaleza del contrato
Artículo 58.- Selección por la naturaleza del contrato. La selección por naturaleza del contrato aplicará en: 1) La licitación pública abreviada para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados que igualen o superen el umbral mínimo determinado para licitación pública, siempre y cuando se cumplan las disposiciones de los tratados internacionales vigentes; 2) El sorteo de obras para obras no complejas y reparaciones menores, siempre que no supere el umbral para la licitación pública; 3) La subasta inversa para contratación de bienes comunes y estandarizados, independientemente del valor estimado.
Ley 47-25, artículo 65 — Contratación simplificada
Artículo 65.- Contratación simplificada. La contratación simplificada es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni estandarizados, así como obras no complejas y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda el umbral establecido.